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Infonavit: requisitos para suspender tu deuda por un año

Debes de saber que existen alternativas para las personas con problemas para liquidar su vivienda

Coatzacoalcos Ver | 2024-07-16 | Jorge Chacón Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Infonavit: requisitos para suspender tu deuda por un año
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El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), tiene alternativas muy interesantes para poder dotar de una casa propia a sus agremiados. 

Existe una modalidad por la que suspende la deuda de crédito hasta 1 año a todas las personas que cumplan con los requisitos solicitados por esta entidad, con lo que podrían obtener tiempo extra para liquidar su vivienda. 

Este mes de julio podrías enfrentar una situación económica adversa, por lo que pagar la deuda de crédito con el Infonavit podría ser una preocupación importante. 

Antes de pensar en el Buró de Crédito, debes de saber que existen alternativas para las personas con problemas para liquidar su vivienda hasta por 1 año, siempre y cuando cumplan con los requisitos que solicitan.

Se trata de un seguro de desempleo que brinda el Infonavit, con el cual suspende la deuda y consiste en un plazo de gracia al que tienen derecho las personas acreditadas que han perdido su relación laboral y por lo tanto han dejado de percibir ingresos salariales. 

El plazo va a depender de la fecha en la que contrataste tu crédito, el cual puede ser de 1 año o más.

Infonavit suspende deuda de crédito durante 1 año a personas que cumplan estos requisitos

El mes de julio se desenvuelve en un contexto económico desafiante, caracterizado por fluctuaciones en el mercado laboral y una tasa de desempleo en constante cambio, el Infonavit ha decidido implementar esta medida de apoyo. 

La suspensión de la deuda del crédito durante 1 año tiene como objetivo ofrecer un respiro financiero a los trabajadores que, debido a circunstancias ajenas a su control, han perdido su fuente de ingresos y cumplan estos requisitos

  • Que tu crédito haya sido otorgado después de 2009.
  • Haber tenido una relación laboral de al menos 6 meses.
  • Tener un mes de desempleo, siempre y cuando no haya sido por pensión, incapacidad o invalidez.
  • No haber recibido este apoyo en los cinco años previos.
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