El próximo 26 de agosto, más de 24 millones 93 mil 801 alumnos y un millón 223 mil 387 docentes de 229 mil 379 escuelas públicas y particulares de preescolar, primaria y secundaria volverán a clases en México, según con el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Con base en el artículo 3 de la Constitución, "toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior" y como parte de ese mandato existen tanto escuelas públicas como particulares.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) rememora a las personas físicas a deducir en la declaración anual los pagos por concepto de colegiatura y transporte escolar, cuando este sea obligatorio. Además, se detalla que el beneficio aplica para conyugues, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.
Si eres trabajador y percibes ingresos por sueldos y salarios o asimilados a estos, conoce los usos del CFDI que aplican cuando te emitan una factura, entre los que se hallan las colegiaturas y el transporte escolar, por lo que, a propósito del regreso a clases, te diremos los requisitos para deducirlo ante el SAT.
La deducción de colegiaturas se realizará conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios y los límites anuales son los siguientes:
Para hacerte acreedor a este beneficio, se requiere la factura emitida por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas, así como del transporte escolar. De la misma manera, el pago debe realizarse por medio de cheque nominativo, transferencia electrónica por medio de una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios.
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