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Columna:

Las Constituciones

2023-02-05 | 08:56 p.m.
Las Constituciones
Diario del IstmoDiario del Istmo
    • Por Jesús Barbosa Ramírez

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La legislación es otra sección de una buena biblioteca. Las leyes sirven para orientar nuestra conducta como ciudadanos, lo que está permitido y lo que no se puede hacer.

De ahí la necesidad de conocer la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado de Veracruz, y los diferentes códigos: civil, criminal, y mercantil; para conducirnos con certidumbre en nuestros quehaceres cotidianos. Por ahora sólo queremos ocuparnos de las constituciones mexicanas.


Entre los juristas, todavía es tema de debate cuál fue la primera constitución de México, si la Constitución de 1812 o la de 1824.

El dilema radica en la primera que se elaboró en Cádiz, en España, hace doscientos años, con la participación de diputados americanos, entre ellos varios mexicanos como José Miguel Guridi y Alcocer y Miguel Ramos Arizpe, por mencionar a los más importantes.

En 1821 cuando se consumó nuestra independencia, la Constitución de Cádiz estuvo vigente hasta 1824, fecha en que elaboramos la nuestra como país independiente. Éste es el motivo de la polémica.

Desde 1823 se reunió el Congreso Constituyente que elaboró la Constitución de 1824 que estuvo vigente hasta que la derogó la Constitución de 1857, con la que gobernaron Benito Juárez y Porfirio Díaz.


La Constitución Mexicana de 1917, que ahora celebramos, es el resultado legislativo de la Revolución Mexicana.

Muchas veces se piensa que en la constitución de 1917 se consumaron las aspiraciones revolucionarias. La nueva Constitución representó sólo a medias las aspiraciones revolucionarias populares: se concibió sin participación popular directa y se elaboró con prisa y en un caos, más que con la calma y reflexión necesarias que sí tuvieron sus predecesores de 1824 y 1857 para las deliberaciones. La Constitución sirvió a intereses pragmáticos e inmediatos y también ideológicos de largo plazo.


Surgió una de las constituciones más radicales de su tiempo. Conservó muchos elementos políticos de su antecesora, la de 1857 como sistema federal, separación de poderes, no reelección estipulaciones sobre derechos individuales, restricciones a la iglesia, pero añadió reformas socioeconómicas, que otorgaban al Estado mayores poderes en materia de ordenación de la sociedad. Dos de sus innovaciones más notables fueron los artículos 27 y 123.


En el primero se confirmaban los derechos de propiedad de la nación, que justificarían la expropiación en bien del interés público; también que pertenecían a la nación las riquezas del subsuelo, de modo que la explotación de minares e hidrocarburos podría hacerse sólo mediante concesión del gobierno.

Las comunidades recibieron derechos constitucionales para recuperar sus tierras, o su dotación a partir de la expropiación a los latifundistas.

REVISA LA CONSTITUCIÓN

Lo que marca una diferencia importante entre la historia mexicana y la historia latinoamericana, pues no hubo en esa época otra revolución similar que hiciera un reparto agrario, sino hasta años después y en casos específicos como la revolución cubana.


El artículo 123 constituyó la más lúcida enunciación de los principios de protección al trabajo del mundo en esa época, obligó a los gobiernos federal y estatal a presentar una legislación laboral, incluía leyes sobre el salario mínimo, establecía jornadas máximas de ocho horas, regulaba el trabajo de niños y mujeres, estipulaba una serie de medidas para asegurar condiciones de trabajo higiénicas y seguras, abolía la deuda de los peones y reconocía el derecho de huelga.

Con juntas que incluirían trabajadores, administradores y funcionarios, el gobierno arbitraría las diferencias entre obreros y patrones.

La Constitución fue calificada de bolchevique, pero no era ni socialista siquiera. Para su época fue radical, sin duda, pero otorgó al Estado poderes no con el propósito de lograr una economía planeada sino para controlar abusos y servir de árbitro a las partes en conflicto.


Para rescatar algo de la importancia real que la Constitución tuvo en su época, es necesario tener en cuenta las circunstancias en que nació, la naturaleza de sus progenitores y cómo fue su alumbramiento. Mientras se reunía el Congreso Constituyente, Villa caía sobre Torreón. Zapata tenía preponderancia en Morelos.

No todos tuvieron la suficiente representación en ese congreso. De Carranza se dice que quería una Constitución cuyo contenido hipotético se podría revisar, reescribir y luego ignorar. Todo eso sucedió, ha sucedido y está sucediendo. Por eso se reimprime constantemente la Constitución de 1917.

Por la serie de reforma a que es sujeta por cada presidente y legislatura, precisamente por eso amigo lector no debe faltar en nuestra biblioteca de simples ciudadanos, de mexicanos, para poder defender nuestros derechos.

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