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Nanchitecos solicitan a través de oficio la Consulta Popular del Relleno Sanitario Regional

La Consulta Popular del Relleno Sanitario Regional es solicitada gracias a la ley Orgánica del municipio libre

Nanchital | 2023-09-27 | Areliz Sosa Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Nanchitecos solicitan a través de oficio la Consulta Popular del Relleno Sanitario Regional
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De acuerdo al porcentaje del padrón electoral deben de ser más de ciento cincuenta oficios de solicitudes que dirija la población de Nanchital al gobierno municipal, para que se considere la consulta popular para conocer si se aprueba o no el relleno sanitario, tal como lo marca la ley Orgánica del municipio libre, en su artículo 16. El trámite no garantiza que se cumpla esta petición de los interesados.

A diario del Istmo, los ciudadanos que están emitiendo los oficios, mencionaron, “Las personas que se encuentran en contra del proyecto conocido ampliamente como Relleno Sanitario Regional o Casa Caracol, de manera personal acude a la oficialía mayor del palacio municipal, para que le reciban el documento donde emite la solicitud de la consulta popular”.

Es importante mencionar que la población tiene que cumplir con el cero punto cinco por ciento del padrón electoral del municipio, es decir, que de acuerdo a los 20 mil personas mayores de edad, deben de ser más de ciento cincuenta los oficios que entreguen, para superar la cifra mínima.

Sin embargo, los promotores de esta de este movimiento han dado a conocer que no es una seguridad que la autoridad municipal, aplique lo que marca la ley orgánica del municipio libre en el artículo 16 que a la letra dice, Los Ayuntamientos promoverán la participación de los ciudadanos para el desarrollo comunitario en el municipio, conforme a las bases siguientes:

I. El Ayuntamiento podrá celebrar consultas populares cuando se requiera tomar decisiones que por su naturaleza afecten el interés público del municipio; II, II. Los ciudadanos podrán solicitar al Ayuntamiento la realización de consultas populares con fines específicos que tiendan al interés público, siempre que lo soliciten al menos el 0.5% de los

ciudadanos registrados en el listado nominal en la elección local anterior del municipio de que se trate, aplicando en lo conducente las disposiciones legales relativas a la Iniciativa Popular y en los términos que señale el Reglamento Municipal de la materia.

Por otra parte, se dio a conocer, que la población continuara realizando a la entrega del oficio y hasta el momento, de acuerdo a la información proporcionada en la secretaria del ayuntamiento, va cerca de sesenta solicitudes, acompañadas de la copia de la credencial de elector.

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