Falta tan solo un día para conmemorar la Noche Buena y la Navidad, además de una semana para festejar el Año Nuevo, pero si te encuentras trabajando y justo este día te toca laborar, te diremos cuánto debe pagarte la empresa en la que te desempeñas.
Es preciso mencionar que, los días de suspensión laboral que la Ley Federal del Trabajo estipula son el 25 de diciembre, que es la celebración de la Navidad y el 01 de enero, día de Año Nuevo.
Las fechas 24 y 31 de diciembre no son considerados días inhábiles, por lo tanto, deben trabajarse de manera normal; así que tampoco es necesario que durante esas jornadas se les dé un incentivo económico a los trabajadores.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que, el pago de Navidad y Año Nuevo debe ser como un estímulo extra, por lo tanto, el centro de trabajo está obligado a pagarte tu salario normal diario, además de un pago doble por prestar los servicios en días feriados; por lo que en total recibirías un pago triple, por ejemplo, si ganas 100 pesos al día, los días de asueto te pagarán 300 pesos.
No obstante, en caso de que la Navidad y el Año Nuevo hubieran sido celebraciones el día domingo, el pago sería todavía más debido a que también se les sumarían las primas dominicales.
En caso de que la empresa no cumpla con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, se exhorta a denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), donde se mostrará el proceso a seguir de manera gratuita.
Los números telefónicos son: 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República o también puedes mandar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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