Si bien el Diario Oficial de la Federación (DOF) menciona algunos días de abril y mayo como día de descanso obligatorio para dependencias, éstos no son días feriados.
Este miércoles el DOF publicó el acuerdo por el que se dan a conocer los días del año 2025 que no se consideran hábiles por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Entre éstos además de los días feriados oficiales aparecen el 17 y 18 de abril, así como 5 de mayo, aunque únicamente aplicará para trabajadores de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se considera como días de descanso obligatorio el miércoles 1 de enero por año nuevo, lunes 3 de febrero por la conmemoración de la Constitución Mexicana (5 de febrero), el lunes 17 de marzo por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo) y jueves 1 de mayo por el Día Internacional del Trabajo.
También se consideran el martes 16 de septiembre por el Día de la Independencia, el lunes 17 de noviembre por el aniversario de la Revolución Mexicana (20 de noviembre) y el jueves 25 de diciembre por la celebración de la Navidad.
En total son siete los días considerados por la LFT como descanso obligatorio, por lo que ni el 17 y 18 de abril, así como el 5 de mayo en que se conmemora el aniversario de la Batalla de Puebla están reconocidos como fechas oficiales.
En el nivel básico de educación se añaden más días para suspensión de clases, muchos de éstos por el Consejo Técnico Escolar: 31 de enero, 28 de febrero, 28 de marzo, 30 de mayo y 27 de junio.
También se agregan el 5 de mayo por la Batalla de Puebla y el 15 de mayo por el Día del Maestro.
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