México | 2024-12-06
El mes de diciembre es algo esperado por muchos mexicanos, pues significa que llegara el pago del aguinaldo, pero pocos saben que hay trabajadores que no tienen derecho a esta prestación, ocasionando sorpresas desagradables.
El aguinaldo es una prestación económica que se da casi al finalizar el año, lo que es un incentivo pero también un derecho para ciertos trabajadores.
Tristemente, no todos los empleados disfrutan de esta prestación extra debido a sus condiciones de contrato.
Los trabajadores que estén dentro del mercado informal no reciben aguinaldo.
Solamente los empleados con un "contrato de planta, sindicalizados, de base, de confianza por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores, entre otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo", tienen derecho a recibir 15 días de aguinaldo, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Para las personas contratadas por honorarios, para tener derecho al aguinaldo, su trabajo debe cumplir con ciertos criterios, según BBVA:
Si un trabajador que está bajo un contrato formal no recibe su aguinaldo en la fecha estipulada, la LFT establece que tiene un año completo para reclamar este derecho.
Además, las empresas que no cumplan con el pago a tiempo pueden enfrentar multas que oscilan entre cinco mil 428.50 pesos y 542 mil 850 pesos, dependiendo del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Es fundamental que los trabajadores estén al tanto de sus derechos y las condiciones de su contrato para evitar confusiones o abusos.
Si bien la mayoría de los empleados en el sector formal tienen derecho a recibir el aguinaldo, aquellos en situaciones especiales, como los contratados por honorarios o en el sector informal, quedan excluidos.
Si tienes dudas sobre si tu empleador debe pagarte este beneficio o si no has recibido el aguinaldo, es recomendable buscar asesoría legal o acudir a las autoridades laborales correspondientes.