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Veda Electoral 2024: ¿Cuál es el castigo por no respetarla?

En este periodo es la oportunidad de los ciudadanos para analizar su decisión para votar, de forma justa y son influencias.

Coatzacoalcos Ver | 2024-03-01 | Guadalupe Mayo Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Veda Electoral 2024: ¿Cuál es el castigo por no respetarla?
Diario del IstmoDiario del Istmo

Con el proceso electoral ya en marcha, dio inicio la llamada Veda Electoral que dio inicio el 1 de marzo, concluirá con las elecciones el 2 de junio. Este periodo de cese propagandístico se ve marcado por diferentes acciones que son prohibidas a los candidatos y partidos electorales.

La veda tiene como objetivo asegurar un proceso electoral justo y libre de influencias indebidas por parte de las autoridades en ejercicio. De esta manera los ciudadanos podrán elegir al próximo presidente (a) del país, se renovará el Congreso de la Unión y elegirán gobernadores en distintos estados, todo esto sin una sugestión, chantaje y/o influencia de por medio.

Durante esta etapa no podrán hacer:

  • -Actos de campaña y proselitismo electoral.
  • -Todo tipo de propaganda electoral.
  • -Propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, de salud, o Protección Civil).
  • -Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

¿Qué sucede si alguien viola la Veda Electoral?

En caso de que hagan caso omiso a las reglas que comprenden este periodo, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley General, en Materia de Delitos Electorales se impondrá de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses hasta tres años, a quien durante el procedimiento de consulta:

  • -Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada de consulta popular, en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo.
  • -Obstaculice o interfiera el escrutinio y cómputo de la consulta popular; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más papeletas utilizadas en la consulta popular o bien introduzca papeletas falsas;
  • -Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa para emitir su voto o abstenerse de emitirlo en la consulta popular, durante el procedimiento de consulta popular.

En caso de llevarse a cabo el proceso de sanción, ésta será impuesta por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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