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SCJN declara invalida una parte de la "Ley Nahle": DOF

Este martes, la SCJN publicó en el Diario Oficial de la Federación declaración de invalidez de “ley Nahle”

Xalapa | 2023-05-23 | Jair García
SCJN declara invalida una parte de la Ley Nahle: DOF
Diario del IstmoDiario del Istmo

Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación publicó en el Diario Oficial de la Federación la declaración de invalidez de parte, de la llamada “ley Nahle”, al considerar que viola los preceptos de la Constitución Política de México.

Por unanimidad, los 11 ministros votaron a favor de declarar la invalidez del artículo 11, fracción III, en su porción normativa "con hijos veracruzanos o", de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Esto, derivado de la acción de inconstitucionalidad promovida por las dirigencias del PRD y PAN.

Por el contrario, los ministros consideraron que el Congreso del Estado que el considerar a alguien veracruzano con una residencia efectiva de 5 años si es legal.

“Así pues consideran que al permitir ser veracruzanos a los que tengan hijos veracruzanos, los requisitos tasados de la Constitución General se ven burlados, de manera indirecta, si se convalida todo lo previsto en la fracción III reclamada del artículo 11 de la Constitución veracruzana”, refirieron.

Tal publicación de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se da apenas días después de la protesta que hizo el gobernador Cuitláhuac García Jiménez, diputados locales y funcionarios del Gobierno de Veracruz contra la mayoría de los 11 ministros.

Sin embargo, en la resolución para declarar la invalidez de parte de la reforma, fue por unanimidad que los 11 ministros votaron en contra de lo reformado por la mayoría de Morena en el Congreso local y respaldado por el Poder Ejecutivo.

Entre algunos de los argumentos plasmados, se señaló que se reconoce que el Poder Legislativo de Veracruz actuó dentro del margen de libertad configurativa para definir quiénes pueden ser considerados como veracruzanos.

Sin embargo, al ejercer estas competencias pasó por alto los requisitos constitucionales para el cargo de la Gubernatura de los Estados.

Por lo tanto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que debía invalidarse la porción "con hijos veracruzanos", pues es la que, indebidamente, permite que personas no nacidas en el territorio puedan aspirar, al ser consideradas como veracruzanas, a ocupar la Gubernatura.

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