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En IIJ UV se habló de prisión preventiva oficiosa y arraigo a la luz de las sentencias de la Corte IDH

2023-05-25 | 07:12 a.m.
En IIJ UV se habló de prisión preventiva oficiosa y arraigo a la luz de las sentencias de la Corte IDH
Diario del IstmoDiario del Istmo

“La prisión preventiva oficiosa y el arraigo a la luz de las dos últimas sentencias dictadas por la Corte IDH contra México”, fue la mesa redonda que el pasado miércoles 23 de mayo se llevó a cabo en el Auditorio “Héctor Fix Zamudio” del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana que preside el Doctor Arturo Miguel Chípuli Castillo, con una gran convocatoria, pues el tema resulta de trascendencia internacional.

Se contó con la destacada participación del Dr. César Armando Villegas Delgado, Profesor Titular de la Universidad de Sevilla, España, quien es experto en derecho internacional Público y quien dejó en claro la urgencia de que México atienda los resolutivos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de ajustar su normatividad interna en cuanto a la figura de prisión preventiva oficiosa y el arraigo de naturaleza preprocesal por considerarse contrarias a lo establecido en los tratados internacionales de los que México es parte.

Cabe aquí precisar que las dos sentencias en comento son: Casos Tzompaxtle-Tecpile, notificada el 07 de noviembre de 2022 y García Rodríguez, notificada el 12 de abril de 2023, en ambos casos, la Corte IDH, estableció que tanto el arraigo como la prisión preventiva oficiosa, previstos en los artículos 16 y 19 de la Constitución mexicana resultan contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de ahí que, determinó que el Estado mexicano debe dejar sin efecto en su ordenamiento jurídico la normatividad relacionada con el arraigo y, a su vez, debe adecuar su ordenamiento sobre prisión preventiva oficiosa, ambos para hacer compatible su normatividad  interna con la normativa interamericana.

Así la Corte IDH determinó, en dichas sentencias que el Estado mexicano deberá́ dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo de naturaleza preprocesal y referente a la prisión preventiva oficiosa, la Corte ordenó a México adecuar su ordenamiento jurídico para evitar se sigan vulnerando derechos humanos.

Durante su destacada participación, el Doctor Cesar Villegas, apuntó que, aunque el estado mexicano llame intromisión las sentencias de la Corte IDH, la realidad es que, la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados dispone en su artículo 27 que un Estado parte -como lo es México- no puede invocar disposiciones de su derecho interno, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para dejar sin efecto el cumplimiento de los tratados internacionales.

De ahí que dijo, el estado no puede omitir las resoluciones de la Corte, sino por el contrario atenderlas cuanto antes. El Doctor Cesar Villegas, destacó que los estados han pasado de ser cajas negras a convertirse en urnas de cristal donde absolutamente todo lo que sucede al interior de sus fronteras, puede ser conocido y puede ser vigilado Existen, dijo, en el ámbito internacional distintos mecanismos que se encargan de vigilar que los estados cumplan con las obligaciones que han asumido en el ámbito internacional.

Por ello, apuntó, el estado mexicano ha asumido soberanamente obligaciones en materia de derechos humanos. Dijo recalcar el tema de la soberanía toda vez que, “el estado mexicano ha hecho mención al contexto de soberanía como pretexto para no cumplir con las obligaciones internacionales, e incluso lo que resulta peor, para violar derechos humanos y eso es inadmisible, nosotros como internacionalistas sabemos que la soberanía de un estado es precisamente un estatus de poder con responsabilidad, responsabilidad de protección de derechos humanos”.

La obligación del estado, destacó, es la protección de los derechos humanos; si un estado no protege derechos humanos esta fallando en su función básica y es que recordó, los estados parte han asumido de manera soberana atender los tratados internacionales que han signado, ambos, el derecho interno y el derecho internacional, están intrínsicamente ligados. Recordó la trascendencia de la reforma a la constitución mexicana de 2011, en materia de derechos humanos al reconocerse la protección más amplia; lamentablemente dijo, el mismo año con la contradicción de tesis 293, se generó un retroceso.

A lo largo de la mesa y con la participación de la magistrada Denisse Uribe Obregón, el Dr. Luis Ernesto Orozco, la Mtra. Bertha Alicia Ramírez Arce, se concluyó sobre la urgencia de que el estado mexicano atienda las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para evitar se continúen vulnerando derechos humanos. Uribe Aragón destacó que los poderes judiciales de los estados están obligados a resolver las sentencias atendiendo la protección máxima de los derechos humanos, establecidas también en los tratados internacionales y sobre ello dijo, no hay duda alguna, ni puede existir discusión alguna, pues dijo es un deber de los juzgadores.

Durante la mesa también se contó con la destacada participación del Doctor Luis Ernesto Orozco Torres, quien recientemente presentó en el Instituto su libro “Interacción entre los Sistemas Jurídicos Mexicano e Internacional”, una lectura imperdible.  El Doctor Arturo Chipulli destacó la importancia de que, en el marco de los 50 años del instituto se continúe con actividades que permiten fortalecer el conocimiento jurídico, de ahí que celebró la realización de dicha mesa, de un tema por demás relevante y controvertido. Presenciaron la mesa además de quien esto redacta, destacados catedráticos como el Dr. José Luis Cuevas Gayosso, el magistrado Juan José Rivera Castellanos y la maestra Marta Moreno Luce, fundadora del IIJUV.

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