México | 2023-07-22
La Sala Superior del Tribunal Electoral ya dio a conocer los límites para que el Instituto Nacional Electoral (INE) pueda emitir lineamientos generales y de fiscalización a los partidos que efectúan procesos para elegir sus representantes.
De acuerdo con la sentencia, la fiscalización va a considerar estos parámetros: que sea expedita, apegada a la certeza y transparencia; el recurso provendrá del gasto ordinario o privado y las consecuencias de que él deriven serán establecidos por el Instituto.
Asimismo, considerará el comienzo de los procesos de los dos grupos, debido a que este informe contemplará todos los gastos generados desde el inicio del proceso hasta su finalización.
"El Consejo General distinguirá los gastos que serán contabilizados como gastos ordinarios de aquellos deberán ser cuantificados a los gastos de una posible precandidatura".
"Las quejas que lleguen a presentarse por ingresos y gastos sobre este proceso deberán ser resueltas, a más tardar, el mismo día en que se resuelvan los informes de precampaña. Las quejas serán sustanciadas conforme a las reglas y plazos previstos en el Reglamento de Procedimientos Administrativos Sancionadores en Materia de Fiscalización".
Así pues, el INE definirá qué tipo de propaganda va a ser permitida además de valorar "la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas".
No habrá oportunidad para que los grupos políticos usen el tiempo de radio y/o televisión para sobreexponer a cualquier persona, solo tendrán permitido emitir mensajes genéricos.
"No se podrá utilizar el pautado asignado a los partidos para la difusión de los procedimientos y/o actividades reguladas por los lineamientos, ni para el posicionamiento de las personas que participan en ellos", señala.
Está prohibida el uso de recursos públicos para las actividades y procesos de posicionamiento político, asimismo, los funcionarios funcionarios "deberán abstenerse de participar en ellos en cualquier medida que pudiera implicar una vulneración a la equidad de la contienda en los términos de la línea jurisprudencial definida por el Tribunal Electoral y los lineamientos que emita el Consejo General del INE".
Toda queja, denuncia e investigación presentada debe de realizarse mediante el procedimiento especial sancionador como consecuencia del proceso electoral de 2024.