México | 2023-12-07
Desde el 05 de diciembre entró en vigor la NOM-37 que regula el llamado "teletrabajo", al que también se le conoce como "home office" o "trabajo en casa", lo cual genera obligaciones tanto para patrones como para trabajadores.
De acuerdo a la Norma Oficial aplica para los centros de trabajo que tienen a más del 40% del personal laborando bajo la modalidad de home office, y a continuación te decimos lo que debes saber:
Los jefes deben brindar lo necesario a sus empleados para un buen trabajo, por lo que las empresas tienen la obligación de pagar el consumo de internet y energía eléctrica que consuman los trabajadores donde realicen su labor.
Quienes trabajen en la modalidad de home office, tienen el derecho a desconectarse de la comunicación con la empresa tras concluir su horario laboral, también tienen derecho a la garantía que no se les pedirá tareas en periodos vacacionales.
Quienes laboran desde casa tienen los mismos derechos que quienes lo hagan en oficina.
Los patrones y empresas deberán contar con una lista actualizada de quiénes trabajan en casa, con el objetivo de contar con un registro separado a los que se desempeñan en oficina o trabajo de campo.
Los empleadores deben crear una política de "teletrabajo" por escrito, la cual debe alinearse con el contrato colectivo de trabajo o el reglamento interior de trabajo, según corresponda a cada empresa.
Al "teletrabajador" se le debe informar sobre los riesgos en materias de seguridad y salud que existen con esta modalidad, y proporcionarles una lista de verificación de condiciones.
La Norma Oficial brinda protección especial a aquellos que pueden sufrir violencia en el hogar y reconoce el derecho de las mujeres en periodo lactante, a tener lapsos de pausa para alimentar al recién nacido o extraer leche.