Día de Muertos: ¿Pagarán doble por trabajar el 1 y 2 de noviembre?; esto dice la LFT

La Ley Federal del Trabajo aclaró si deben pagar el Día de Muertos como festivo.

México | 2024-10-30

En México, el 1 y 2 de noviembre marca la tradición más importante del país. Durante el Día de Muertos miles celebran estas fechas con visitas a los panteones o festivales, por lo que en muchas escuelas se realiza la suspensión de clases. Por este motivo nace la duda sobre si estos días cuentan como feriados oficiales con retribución extra a los trabajadores, por lo que te diremos qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto.

¿Deben pagarme doble si trabajo el Día de Muertos?

Aunque esta celebración es muy importante en México, la Ley Federal del Trabajo no contempla el 1 y 2 de noviembre como días de descanso obligatorio. Según el artículo 74 de la LFT, únicamente las fechas establecidas oficialmente como festivas exigen que los empleadores den descanso o paguen doble a los trabajadores que laboren ese día. Al no estar en esta lista, estos días no generan derecho a un pago adicional.

Si bien algunas empresas otorgan permisos o ajustan horarios en estas fechas, se trata de decisiones voluntarias que varían entre instituciones. En algunos casos, los empleados laboran medio tiempo o en turnos especiales el 1 y 2 de noviembre, pero esto depende de cada empresa y no implica una obligación de pago adicional.

¿Suspensión de clases es obligatoria en Día de Muertos?

En el contexto educativo, el calendario escolar 2024-2025 de la Secretaría de Educación Pública (SEP) no considera el 2 de noviembre como un día de asueto obligatorio para estudiantes de nivel básico, especialmente porque este año cae en fin de semana. Sin embargo, muchas instituciones escolares aprovechan esta celebración para realizar actividades y festivales en honor al Día de Muertos, promoviendo la cultura entre sus alumnos.

Debido a estas festividades, algunas escuelas de manera particular han otorgado la suspensión de clases y tomar puente, sin embargo, esto no aplica de manera oficial en el calendario de la SEP, por lo que es importante verificar con las autoridades escolares de las instituciones educativas a la que asistes para saber si podrás disfrutar de la suspensión de actividades o no.

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