Sin Patear el Pesebre
Sin Patear el Pesebre
| 2025-01-30
Me pregunta una señora que vivió 15 años con una persona y la mataron, este señor no se casó con ella y no tiene otro familiar, que ella ha ido a la fiscalía a preguntar cómo va el asunto con la persona que convivio 15 años y dice que le manifiestan que como no es familiar y no se casó con el no pueden darle ninguna información, ¿que piensa de ello?
COMENTARIO JURIDICO:
Tienen que darle toda la información, ya que según nuestras leyes nada más basta que haya convivido con él los dos años anteriores a que lo privaron de la vida en este caso ella vivió hasta 15 años.
Voy a transcribir a quienes considera la ley OFENDIDOS
TENDRÁN LA CALIDAD DE OFENDIDOS:
- I. Hijas o hijos de las víctimas;
- II. El cónyuge, concubina o concubinario;
- III. El heredero declarado judicialmente en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la víctima u ofendido;
- IV. La persona que hubiere vivido de forma permanente con la víctima durante por lo menos dos años anteriores al hecho;
- V. La persona que haya sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización; y
- VI. Los familiares de la víctima hasta el cuarto grado, dependientes económicos, así como cualquiera otra persona que tenga una relación de hecho o convivencia afectiva con la víctima y que sufran, hayan sufrido o se encuentren en situación de riesgo de sufrir algún daño o perjuicio por motivos o a consecuencia de la comisión del delito.
Los ofendidos gozarán de los mismos derechos reconocidos a la víctima.