Sin patear el pesebre

Sin patear el pesebre

| 2024-12-11

Ya hemos escrito sobre la victima u ofendido pero ahora que los políticos sacaron este tema quisiera repetirlo para quienes les interese y tengan conocimiento en relación a lo que es una víctima u ofendido y sus derechos ante nuestra constitución y nuestros códigos.

VÍCTIMA U OFENDIDO

Se considera víctima del delito al sujeto pasivo que resiente directamente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva. Asimismo, se considerará ofendido a la persona física o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión prevista en la ley penal como delito.

En los delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la víctima o en el caso en que ésta no pudiera ejercer personalmente los derechos que este Código le otorga, se considerarán como ofendidos, en el siguiente orden, el o la cónyuge, la concubina o concubinario, el conviviente, los parientes por consanguinidad en la línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, por afinidad y civil, o cualquier otra persona que tenga relación afectiva con la víctima

LA VÍCTIMA U OFENDIDO, EN TÉRMINOS DE LA CONSTITUCIÓN Y DEMÁS ORDENAMIENTOS APLICABLES, TENDRÁ TODOS LOS DERECHOS Y PRERROGATIVAS QUE EN ÉSTAS SE LE RECONOCEN.

LA VÍCTIMA U OFENDIDO TENDRÁN LOS SIGUIENTES DERECHOS: 

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