Sin patear el pesebre

Sin patear el pesebre

| 2024-11-15

Hoy vamos a comentar respecto a la intimidad y la privacidad de las personas en el procedimiento penal, nos dice la ley que en todo procedimiento penal  se respetara el derecho a la intimidad de cualquier persona que intervenga en él, asimismo se protegerá la información que se refiere a la vida privada y los datos personales, en los términos y con las excepciones que fijan la constitución, el código nacional de procedimientos penales y la legislación aplicable.

El derecho a la autodeterminación informativa supone que la persona tenga la posibilidad de elegir qué  información de su esfera privada puede ser conocida o qué otra debe permanecer en secreto, así como la facultad del propio sujeto para determinar quién y bajo qué condiciones puede utilizar esa información.

En nuestro tiempo la intimidad se ha visto crecientemente puesta en peligro por:

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