Comentario Jurídico

Sin Patear el Pesebre

Coatzacoalcos | 2023-01-13

Me dice un señor oye Lic., ¿esos que andan rompiendo tubería o ductos si los meten a la cárcel van a salir rápido ya que eso es un delito sencillo y solo los van a acusar de daños?

COMENTARIO JURIDICO:

Para que quienes leen lo que aquí escribo y en contestación a la pregunta anterior les diré que las cosas no son así.

Quien lleva a cabo esos daños dígase huachicoleros o ciudadanos que ya lo hicieron en un ducto para extraer gasolina cometen el delito de SABOTAJE que es un DELITO FEDERAL y se castiga de la siguiente manera:

SABOTAJE

Se impondrá pena de dos a veinte años de prisión y multa de mil a cincuenta mil pesos, al que dañe, destruya o ilícitamente entorpezca vías de comunicación, servicios públicos, funciones de las dependencias del Estado, organismos públicos descentralizados, empresas de participación Estatal o sus instalaciones; plantas siderúrgicas, eléctricas o de las industrias básicas; centros de producción o distribución de artículos de consumo necesarios de armas, municiones o implementos bélicos, con el fin de trastornar la vida económica del país o afectar su capacidad de defensa.

Se aplicará pena de seis meses a cinco años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos, al que teniendo conocimiento de las actividades de un saboteador y de su identidad, no lo haga saber a las autoridades.

Las sanciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo se aumentaran hasta en una mitad, cuando los actos de sabotaje se realicen en los ductos, equipos, instalaciones o activos, de asignatarios, contratistas, permisionarios o distribuidores a que se refiere la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.

.
.