Los sistemas municipales para el Desarrollo integral de la familia (DIF) jugarán un papel importante dentro de la creación del registro nacional de obligaciones alimentarias pues serán esas dependencias, quienes den y recaben toda la información sobre los deudores morosos de la pensión alimenticia de sus hijos y esposa, dijo el Maestro en derecho, Jesús Enrique Porras Flores, actual juez del juzgado segundo de primera instancia, del distrito judicial de Misantla y quien ocupara varios años ese mismo cargo, en Acayucan.
El impartidor de justicia ofreció una conferencia en Acayucan, en el marco de la celebración del día del abogado, al que convocó el colegio de abogados de Acayucan AC; y en el, resaltó lo perjudicial que será para quienes queden inscritos en ese registro nacional, pues quedarán sancionados de tal forma que no podrán acceder a varios servicios del gobierno, entre ellos, el derecho al contrato de matrimonio, la obtención de una licencia de conducir, un pasaporte, incluso un permiso para el establecimiento de un negocio.
En ese sentido, dijo, los sistemas DIF tendrán una importante participación en esta reforma a la ley general de los derechos de niñas, niños y adolescentes (LGDNNA), que crea dicho catálogo.
“Ellos van a tener el catálogo de todas las personas que son morosas a nivel nacional, estatal y municipal, cualquier persona que tenga una deuda de pensión alimenticia judicial o administrativa, ya podrá ser registrado en el sistema y puesto a obtener una sanción administrativa por el solo hecho de estar inscrito, entonces hay que tener mucho cuidado para aquellas personas que no se les paga la pensión alimenticia, incluso padres, madres que tienen diferentes familias y a ninguna familia le proporcionan alimentos, incluso, va a trascender esta información hasta el registro civil, en donde se le hará saber a la contrayente que desconoce que su pareja es deudor moroso” explicó.
El Juez Porral Flores dijo que esta información es tan grave que pudiera servir incluso para cuestiones políticas.
“Podría hacerse, recuerda que las cosas buenas sirven para hacer cosas malas, pero aquí lo más importante es proteger los derechos de las niñas, niños y adolescentes y de la mujer, de tal manera que los alimentos se vean como una gran obligación de parte de quien deba proporcionarlos a su pareja y a sus respectivos hijos” dijo en entrevista con Imagen del golfo.
Jesús Enrique Portal Flores afirmó que lo importante es obligar a que el deudor cumpla con su obligación, que más que obligación es un deber.
“coloca esas prohibiciones con la intención de que la persona regrese a pagar su pensión alimenticia y pueda continuar con su vida normal. Es decir, es una forma de obligar al deudor moroso para que lleve a cabo el cumplimiento de su obligación” comentó.
Serán inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias quienes hayan sido sentenciados a pagar y no lo hacen.
La reforma y sus adiciones a la ley, entró en vigor a partir del 30 de mayo pasado y la información será será pública y se actualizará mensualmente con las personas que adeuden pensiones mayores a 90 días. La base de datos contará con nombre y CURP del deudor, el órgano que ordenó la inscripción, el monto de la obligación alimentaria y el plazo de pago.
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