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¿Trabajadores de Pemex y de la CFE podrán portar armas?; conoce los detalles de esta iniciativa

Se trata de una propuesta para cambiar la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

México | 2024-09-23 | Fabián Pamplona
¿Trabajadores de Pemex y de la CFE podrán portar armas?; conoce los detalles de esta iniciativa
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El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, mandó a la Cámara de Diputados una iniciativa para fortalecer las medidas contra el tráfico y el uso ilegal de armas de fuego, propuesta en la que se propone que miembros de empresas públicas, además de órganos autónomos como Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) e incluso el Servicio de Administración Tributaria puedan portar armas.

Se trata de una propuesta para cambiar la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, donde plantea sobre esto:

"En México es prioridad la seguridad de las áreas estratégicas y la seguridad pública. Por ello, en esta iniciativa se propone que integrantes de empresas públicas paraestatales, órganos autónomos, entre otras, CFE, Pemex, Banco de México, Casa de Moneda, CNI y SAT y personas físicas o morales puedan portar armas de fuego para el desarrollo de sus funciones de seguridad que emita la Secretaría de la Defensa Nacional siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos".

Sobre el tema, en el artículo 24, fracción II de la nombrada ley, se establece que puedan portar armas de fuego, en las situaciones y condiciones que plantea la presente ley, así como su reglamento, "los integrantes de... los organismos que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad".

La propuesta plantea incrementar los tipos de calibre de armas y municiones que son consideradas como exclusivas de las fuerzas armadas, así como de las armas accionadas por gas o aire comprimido, e incluso regular el transporte de las armas que usen competidores olímpicos entre sus domicilios y los campos de tiro, que igual están sujetos a regulación.

Asimismo, plantea que, para tener un control más estricto de las armas de fuego en posesión de particulares, quien tenga tendrá que designar a una persona que asuma la responsabilidad del arma, en caso de fallecimiento del titular o en ausencia declarada.

En lo que respecta a los calibres que serán considerados de uso exclusivo de las fuerzas armadas serán los 5.7x288 mm; .357 en sus diferentes variantes, y los 5.56 mm, "con el objeto de que, además de restringir su uso a quien no esté autorizado, se apliquen sanciones por la posesión y portación de este tipo de armas".

Asimismo, se incluyen silenciadores, equipo de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas y térmicas, pues se considera que su uso aumenta la eficacia en la utilización del armamento.

La iniciativa se envió a la Comisión de Defensa, que la analizará cuando esté integrada, es decir, a partir de octubre.

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