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¿Fumas?; Esta es la multa por exhibir cigarros en lugares prohibidos según La Ley Antitabaco

La reciente norma regulará también la distribución y venta de las marcas en tiendas

| 2023-01-17 | Staff / Imagen del Golfo
¿Fumas?; Esta es la multa por exhibir cigarros en lugares prohibidos según La Ley Antitabaco
Diario del IstmoDiario del Istmo

El Reglamento a la Ley General de Control de Tabaco, mejor conocido como la ley antitabaco 2023 entró en vigor desde el pasado domingo 15 de enero, con lo que los restaurantes, plazas comerciales, tiendas y cualquier establecimiento comercial que incumpla con la exhibición directa de cigarros podría hacerse acreedor a multas.

Las autoridades sanitarias esperan que con esta medida se proteja la salud de la ciudadanía, en especial a los menores de edad y las infancias.

El decreto de las nuevas normas prohíbe, entre otras cosas, el consumo de tabaco será en ciertos espacios públicos. La vigilancia para el cumplimiento de esta ley estará a cargo de laComisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), dependencia que se encargará de recibir las denuncias.

Lugares de “concurrencia colectiva” no estará permitido fumar, los cuales son:

  • Centros de trabajo.
  • Escuelas.
  • Plazas comerciales.
  • Hoteles.
  • Estadios.
  • Transporte público (paraderos).
  • Restaurante (prohibirán las aéreas para fumadores).
  • Centros de espectáculos.
  • -Espacios pequeños como terrazas, balcones, deportivos, estacionamientos, mercados y más.
  • Áreas donde se congreguen adolescentes y niños como parques, centros de diversiones, planteles (fuera y dentro) y más.

Cabe mencionar que la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la Ciudad de México determina que aquellos que vayan con las normas establecidas serán acreedores de una multa de 10 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, entre los mil y 3 mil 112 pesos.

“El reglamento no es claro en las penalidades que pueden ser desde multas de 60 mil y hasta medio millón de pesos, pero igual puede ser clausura del punto de venta, del lugar (en el caso de restaurantes y hoteles) o inclusive quitar la licencia sanitaria de los productores de tabaco

 detalló Hiram Vera, presidente del Consejo Nacional de la Industria Tabacalera (Conainta)

  • Multas desde 60 mil y hasta de medio millón de pesos
  • Clausura por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones, e incluso
  • Cancelación de la licencia sanitaria.
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