Después de dos años de trabajo en ambas cámaras del Congreso, está lista para promulgarse la ley por la que el Estado protegerá el patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afroamericanas del plagio y robo al que han estado sometidos por empresas nacionales y extranjeras que se apropian y copian diseños y obtienen ganancias millonarias, sin ninguna retribución al arte original.
La nueva Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afroamexicanas fue aprobada en el Senado el martes pasado y remitida al Ejecutivo federal para su promulgación.
El nuevo ordenamiento establece mecanismos “robustos” de protección y salvaguarda del patrimonio vivo mencionado, con fuertes sanciones administrativas y penales para quienes copien o usufructúen de manera ilícita sus expresiones culturales.
Las sanciones son de hasta 18 años de prisión por abusos de marcas extranjeras y empresas nacionales que roben sus diseños.
El uso de dicha riqueza cultural se llevará a cabo con previo consentimiento y acuerdo de las comunidades, para que en caso de que se acepte la colaboración exista un pago justo.
“La ley establece un conjunto de normas para conferir a los pueblos y comunidades indígenas y afroamericanos el reconocimiento de su propiedad colectiva de las expresiones de su patrimonio cultural tangible e intangible. Con ello se les posibilita determinar en su beneficio el uso, aprovechamiento, comercialización o explotación de arte por terceros”, señaló la presidenta de la Comisión de estudios legislativos del Senado, Ana Lilia Rivera.
Se establecen dos procedimientos para iniciar una querella. El primero es la queja ante la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de Derechos de Autor y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, precisó la presidenta de la Comisión de Cultura del Senado, Susana Harp, de Morena.
Explicó que la denuncia se debe hacer ante la Fiscalía General de la República (FGR) y ante los tribunales federales de competencia por uso no consentido con fines de lucro del patrimonio cultural. Los procedimientos pueden desarrollarse simultáneamente y es posible una conciliación.
Las comunidades indígenas y afromexicanas ya no estarán indefensas ante la actitud “deleznable de marcas extranjeras que, con impunidad, plagian textiles y arte, sin respeto alguno, y menos las indemnicen por el uso de su cultura, símbolos o sus creaciones”, comentó el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, autor de la iniciativa junto con Harp.
En entrevista, Monreal detalló que en cuanto se publique en el Diario Oficial de la Federación, “todos están obligados a cumplirla, empresas trasnacionales o extranjeras”.
–¿Cómo se puede obligar a una firma extranjera a que se someta a esa ley?
–Si tiene una filial en México, a través de ésta se hace la reclamación y de no ser así, hay mecanismos de exigencia por la vía extraterritorial, a través de convenios internacionales –precisó.
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