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Jueza de Coatzacoalcos Nancy Juárez dice que el amparo no es contra la Reforma Judicial

La jueza perteneciente al Juzgado Décimo Noveno de Distrito en Veracruz consideró que es falso que el amparo sea improcedente.

Ciudad de México | 2024-10-23 | Fabián Pamplona
Jueza de Coatzacoalcos Nancy Juárez dice que el amparo no es contra la Reforma Judicial
Juárez Salas afirma que su actuación está apegada al marco legal, así como a sus resoluciones. / Foto: Canva
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La jueza federal Nancy Juárez Salas defendió la decisión de ordenar a la Presidencia de la República y al Diario Oficial de la Federación (DOF) que bajaran la publicación del decreto de reforma Judicial efectuado por el expresidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

En entrevista con el medio Radio Fórmula, afirmó que el amparo promovido por la jueza Nancy Juárez es en contra del proceso intralegislativo y no contra la reforma en sí.

La jueza perteneciente al Juzgado Décimo Noveno de Distrito en Veracruz consideró que es falso que el amparo sea improcedente, pues éste no va en contra de la reforma Judicial, sino está en contra del proceso que se llevó a cabo para su aprobación.

"Ellos en principio se equivocan al mencionar que el amparo, los amparos promovidos, o en este caso el juicio que estamos tratando, ellos dicen que es contra reforma o adición a la Constitución. Eso es falso, el amparo promovido fue contra el proceso intralegislativo, es decir, antes de la reforma. Por eso no podemos decir que es improcedente el amparo", sentenció la juzgadora de Coatzacoalcos.

Asimismo, ponderó que en este tipo de juicios también se reclama la inconvencionalidad del artículo 61, fracción primera de la Ley de Amparo, pues no permite que sean emitidos amparos en contra de las reformas o adiciones a la Constitución, lo que está en contra de lo establecido por la Convención Americana de los Derechos Humanos.

"El artículo 25 de la Convención Americana de los Derechos Humanos establece que siempre debe de haber un recurso efectivo y legal; en ese sentido, tenemos que expandir los derechos humanos a vía internacional y desde luego que es procedente el amparo. Es falsa la narrativa de que se apoyan en el (artículo) 61", expresó.

Nancy Juárez se siente tranquila

Sobre el pronunciamiento de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, quien detalló que denunciará a Juárez Salas ante el Consejo de la Judicatura Federal, la jueza afirmó que está tranquila, pues su actuación está apegada al marco legal, así como a sus resoluciones, aseguró, siempre las ha emitido apegada a derecho, de forma imparcial y objetiva.

"¿A quién le gusta que lo denuncien por realizar su trabajo con profesionalismo y dentro del marco legal? Sin embargo, es un riesgo que corremos todos los juzgadores por ser independientes, al tomar nuestras decisiones y al ejercer nuestra función como guardianes de la Constitución. Lo sabemos y lo asumimos", replicó la juez Juárez.

"Me siento tranquila porque mi actuación, como lo ha sido desde hace 14 años que protesté el cargo como jueza de distrito, se encuentra ajustada al marco legal. Soy una jueza de carrera judicial de 28 años de servicio y eso me ha permitido a través de la experiencia y la preparación académica, emitir mis resoluciones de manera apegadas a derecho, imparcial y objetiva", agregó.

Por su parte, la jefa del Ejecutivo Federal en su Mañanera del Pueblo, dio a conocer que interpondría una demanda contra la jueza porteña porque "está pidiendo que se baje una publicación por encima de su función".

"Vamos a hacer una denuncia de esta juez ante el consejo de la judicatura, (...) no queremos que quede en la impunidad, queremos que quede un antecedente de que hay una juez que por encima de su función está pidiendo que se baje una publicación que se hizo a partir de un proceso legislativo de cambio constitucional", sentenció la primera mandataria.

¿Qué dice el artículo 61 de la Ley de Amparo?

El artículo 61 de la Ley de Amparo impide que sean emitidos amparos en 23 casos, éstos son los más destacados, no obstante, puedes consultar el listado completo en éste link.

"Artículo 61. El juicio de amparo es improcedente:

  • Contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  • Contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
  • Contra actos del Consejo de la Judicatura Federal;
  • Contra resoluciones dictadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación;
  • Contra resoluciones de los tribunales colegiados de circuito;
  • confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente;
  • Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas;
  • Contra normas generales o actos que hayan sido materia de una ejecutoria en otro juicio de amparo, en los términos de la fracción anterior;
  • Contra actos consentidos expresamente o por manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento;
  • Contra normas generales o actos consentidos tácitamente, entendiéndose por tales aquéllos contra los que no se promueva el juicio de amparo dentro de los plazos previstos.
  • Contra las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral;
  • Contra actos consumados de modo irreparable;
  • Cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado;
  • Cuando subsista el acto reclamado, pero no pueda surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir el objeto o la materia del mismo".
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