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INE pide borrar anuncios de morenistas y aspirantes del Frente por campaña anticipada

El INE determinó que la promoción de aspirantes a la candidatura puede caer en actos anticipados de campaña

México | 2023-08-12 | Redacción/SinEmbargo Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
INE pide borrar anuncios de morenistas y aspirantes del Frente por campaña anticipada
Diario del IstmoDiario del Istmo

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Sistema Público de Radiodifusión (SPR) retirar de sus redes sociales las biografías de aspirantes a la candidatura de Morena; al mismo tiempo ordenó al Frente Amplio por México quitar las publicaciones hechas en medios de comunicación, eventos o redes sociales en las que algunos aspirantes solicitan apoyo para competir por la Presidencia. En ambos casos, las autoridades consideraron que son posicionamientos anticipados.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió ambas quejas al analizar actos “que pudieran implicar un incumplimiento a lo dictado en los Lineamientos Generales para regularizar y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los procesos políticos aprobados por el Consejo General del INE y al acuerdo de medida cautelar ACQyD-124/2023″.

En el caso del Frente Amplio, el INE determinó que “a partir de una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho” las publicaciones de Santiago Creel Miranda, Ignacio Loyola Vera y Francisco Javier Cabeza de Vaca hacen referencias a sus aspiraciones a la Presidencia de la República y a su trayectoria, lo que pudiera afectar los principios de la equidad en las contiendas que se llevarán a cabo en el próximo proceso electoral federal, por ello les dio 12 horas para eliminerlas.

La autoridad electoral estimó que dichas publicaciones pudieran generar confusión, pues no se entiende si las actividades y mensajes emitidos tienen la finalidad de obtener un cargo de carácter partidista o si se trata de actos de una contienda de carácter electoral.

El INE ordenó a Santiago Creel Miranda, Enrique Octavio de la Madrid Cordero, Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Ignacio Loyola Vera y Jorge Luis Preciado Rodríguez, quienes se registraron a representar al Frente Amplio por México, revisar las publicaciones que se difunden en sus redes sociales en un plazo de dos días.

En el caso de Morena, el INE ordenó a la SPR por la publicación de cápsulas en Twitter y YouTube del propios sistema, en los que se refieren datos biográficos y la trayectoria política de los y de las actividades de los seis aspirantes –Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López, Ricardo Monreal, Gerardo Fernández Noroña y Manuel Velasco– en el marco del proceso intrapartidista para elegir al Coordinador de los Comités de la Defensa de la Cuarta Trasformación.

La resolución se dio luego de que se presentaran dos denuncias por el hecho.

El INE precisó que los contenidos son transmitidos como parte de la sección “Zoom” del programa denominado “Sucesión 2024”, transmitido a través de la señal de Canal Catorce y contienen datos relevantes de las personas en el marco del procedimiento intrapartidista y que además han manifestado claras intenciones de aspirar a ocupar la titularidad de la Presidencia de la República.

“Bajo la apariencia del buen derecho y del análisis preliminar, se determinó aplicar medidas cautelares al promover ante la ciudadanía en general perfiles de quienes actualmente buscan ser elegidos a cargos intrapartidistas con miras a obtener una candidatura en el PEF 2024, además podría constituir una adquisición indebida de tiempo en televisión a favor de las y los entrevistados”, determinó el INE.

La institución destacó que esto se hace debido a que dichos contenidos se promueven en los tiempos del Estado mediante un medio de comunicación nacional, lo que podría configurar actos anticipados de precampaña y/o campaña.

De la misma forma, el INE ordenó al SPR que se eliminen las cápsulas de inmediato, en un plazo no mayor a 12 horas.

Además, la Comisión concedió la tutela preventiva, ya que existen constancias que el denunciado continuará llevando a cabo la producción y transmisión de materiales, por lo cual ordenó se abstenga de difundir materiales audiovisuales que presenten perfiles y/o semblanzas de los aspirantes, en sus redes sociales oficiales, así como en radio y televisión.

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