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Elecciones 2024: ¿Qué es lo que no se puede hacer durante la veda electoral y cuando inicia?

Durante este tiempo que dura la veda, los ciudadanos pueden tener un tiempo para pensar de manera informada.

México | 2024-05-22 | Fabian Pamplona Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Elecciones 2024: ¿Qué es lo que no se puede hacer durante la veda electoral y cuando inicia?
Diario del IstmoDiario del Istmo

La veda electoral de cara a las elecciones el próximo 02 de junio en México comenzará el 30 de mayo del 2024, en el que será un lapso con tres días consecutivos en el que los partidos políticos están obligados a no efectuar ningún tipo de propaganda o proselitismo. En esta nota te contaremos qué actividades se encuentran prohibidas en este periodo.

¿Qué es la veda electoral de México?

De acuerdo con el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Instituto Nacional Electoral (INE) establecen que la veda electoral consta de tres días en el que los partidos políticos, así como sus candidatos tienen que abstenerse a realizar cualquier acto de campaña, propaganda o proselitismo con el fin de no influir en el electorado.

Durante este tiempo que dura la veda, los ciudadanos pueden tener un tiempo para pensar de manera informada sobre la decisión de su voto y saber por qué candidato o candidata hacer valer su derecho del voto.

¿Cuándo inicia y qué día termina la veda electoral este 2024?

El INE detalló que la veda electoral empezará el próximo jueves, 30 de mayo del presente 2024, terminando el día 01 de junio. Antes de este periodo, hay un tiempo para que se retire la propaganda electoral, algo que también estipula el artículo 209 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por lo que la suspensión de la propaganda a lo largo de los procesos electorales debe hacerse tres días antes del día de los comicios.

En el artículo 210 está establecido el tiempo límite en el que debe de quitarse la publicidad electoral, el cual está en función de su tipo como:

  • Propaganda electoral en postes, bardas y vías públicas - debe retirarse tres días antes de la jornada electoral.
  • Propaganda el vía pública - debe retirarse en los siete días posteriores a la jornada electoral.

¿Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral?

En el artículo 251 de la Ley General de Institucione y Procedimientos Electorales está determinado que durante la veda electoral se prohíbe la difusión de actos políticos de campaña, además de:

  • Actos de campaña y proselitismo electoral.
  • Todo tipo de propaganda electoral.
  • Propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, de salud y protección civil).
  • Difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.
  • Publicación o difundir resultados de encuestas o sondeos acerca de las preferencias electorales.

¿Hay multa por infringir la veda electoral en México?

Sí hay una multa en caso de que se viole la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales del INE, por lo que los órganos estatales sentencian que los candidatos, partidos políticos o ciudadanos que infrinjan dicha veda, pueden convertirse en acreedores de sanciones, amonestaciones, retiro de propaganda, multas, suspensiones y hasta la cancelación del registro, incluso hasta seis años de cárcel.

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