Una de las prestaciones de las que gozan la mayoría de los trabajadores formales en México es el llamado reparto de utilidades; esto es el “derecho constitucional” que tienen los empleados a recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o su empleador el año anterior.
Según lo marca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para quien está empleado por una persona física, la fecha en que debe darse este pago es entre el 1 de mayo y hasta el 29 de junio, mientras que en el caso de los que trabajen para una persona moral, debió comenzar a pagarse el 1 de abril y el límite es el 30 de mayo.
Los únicos empleadores que no están obligados a dar utilidades son:
Además de lo anterior, se debe tener en cuenta un dato muy importante: Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social tienen la obligación de repartir utilidades a sus trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creación.
La utilidad se divide en dos partes. La primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, poniendo a consideración el número de días laborados por cada uno en el año sin importar su salario.
La segunda mitad se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo realizado en el año.
Es importante aclarar que todos los trabajadores de una empresa tienen derecho a percibir utilidades, excepto en los siguientes casos:
Si después de la fecha marcada aún no has recibido lo que te corresponde, puedes acercarte a las autoridades laborales en tu estado y solicitar desde una asesoría para saber cómo actuar hasta una visita al centro de trabajo.
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