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Conoce las irregularidades por las que la jueza Angélica Sánchez liberó a 'El Playa'

Testigo fallecido y posibles firmas falsificadas como pruebas contra Compa Playa

Xalapa | 2023-06-08 | Jesús Ruíz
Conoce las irregularidades por las que la jueza Angélica Sánchez liberó a El Playa
Diario del IstmoDiario del Istmo

La Fiscalía General del Estado (FGE) presentó ante la jueza Angélica Sánchez Hernández una serie de elementos de prueba que incluían un único testigo ya fallecido, posibles firmas falsificadas, entrevistas sin rúbrica y dictámenes periciales incompletos, para acusar a Itiel "N" de los homicidios de Leonardo Hernández, conocido como "el Brujo", y Eneas Pérez Ramírez.

Estos hechos tuvieron lugar en 2018 durante la celebración de un palenque clandestino en Playa Vicente.

En un principio, la jueza vinculó a proceso a Itiel "N", quien es considerado un objetivo prioritario para el Gobierno de Veracruz. Sin embargo, el acusado interpuso un amparo federal y, como resultado, la jueza dictó un nuevo auto de no vinculación a proceso y lo dejó en libertad. Esta decisión se basó en las numerosas irregularidades cometidas por la Fiscalía durante la integración de la carpeta de investigación.

DECIDIÓ LIBERAR

El amparo en revisión penal 92/2023 ordenó a la jueza reponer la audiencia y tomar una nueva decisión. Si bien el tribunal federal le permitió resolver en el mismo sentido, también le dejó claro que no podía corregir las deficiencias de la Fiscalía. La jueza debía tomar una decisión sin incurrir en vicios de forma que habían sido evidenciados ante la justicia federal.

Entre las inconsistencias presentadas se encuentra el hecho de que la jueza Angélica Sánchez desestimó la declaración de un testigo de la defensa en la audiencia del 27 de agosto de 2021. Este testigo proporcionaba una coartada que supuestamente demostraba que el acusado se encontraba en otro lugar, Tehuacán, Puebla, en el momento de los hechos que se le imputan, presentando un documento ante un notario público.

A pesar de esto, la jueza argumentó que la firma en un documento emitido ante un notario no se realiza en el momento de su emisión.

Sin embargo, tanto el juez de distrito como el tribunal que conocieron el amparo coincidieron en que la jueza no podía desestimar un hecho asentado en un instrumento público invocando las leyes de la sana crítica y de la experiencia.

Otra irregularidad señalada fue la desestimación de la opinión de un perito contratado por la defensa para inspeccionar el lugar de los hechos. La jueza argumentó que no había certeza de que el lugar se encontrara en las mismas condiciones que en el momento del evento. Además, se reveló que el perito oficial no había especificado los lugares donde se encontraron los casquillos ni si se encontraron manchas hemáticas en el lugar, a pesar de que la teoría de la fiscalía sostenía que las víctimas habían sido heridas en repetidas ocasiones en ese sitio.

Las irregularidades más graves se encontraban en el principal testigo de la Fiscalía, quien ya había fallecido para el momento de la audiencia, al igual que el supuesto policía ministerial que tomó su entrevista. Además, se descubrió que la firma del policía en la entrevista podría ser falsa, y no se pudo verificar la existencia del testigo. Un dictamen de grafoscopía mostró indicios de que la firma del policía en la entrevista no coincidía con la registrada en su acta de matrimonio.

La jueza argumentó que la opinión del perito privado era insuficiente y que ella tenía la facultad de valorar la experticia. Además, se evidenció que la entrevista con el testigo, quien describió con claridad las circunstancias de los hechos y señaló al acusado, no contenía su firma, solo su huella dactilar, lo que la convertía en un elemento inadmisible.

A pesar de la muerte del testigo y del policía ministerial, la jueza dio credibilidad a lo asentado en la entrevista, sin buscar otro testigo que pudiera haber presenciado los hechos del palenque clandestino.

Tanto el juez de distrito como los magistrados federales coincidieron en que la jueza Angélica Sánchez no estaba autorizada para otorgar plena eficacia probatoria a los datos presentados por la Fiscalía y desestimar los medios de prueba ofrecidos por la defensa.

Debido a las irregularidades encontradas por los juzgadores federales, se ordenó a la jueza local reponer la audiencia y dictar un nuevo auto, fundando y motivando su decisión sin incurrir en los vicios de forma señalados. En este momento, la jueza se encontraba obligada a cumplir con esta orden y tomar una decisión en el caso de Itiel "N".

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