Magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Estado redujeron la condena a un sujeto acusado de abusar sexualmente de su hija, por considerar que la pena era “elevada” e “incongruente”.
Al resolver el Toca 109/2021-S, derivado del recurso de apelación interpuesto por el sentenciado, por unanimidad los magistrados determinaron que debía pasar de cumplir 18 años preso a solo 13, aunque consideraron también que todas las pruebas aportadas demuestran su culpabilidad en el delito de pederastia agravada.
La sentencia hace referencia a hechos que ocurrieron en agosto de 2019 en Medellín, donde un hombre fue a recoger a una de sus tres hijas -la mayor- a casa de la madre de estas, porque la menor no quería convivir con la nueva pareja de su madre, que en ese momento se encontraba en casa.
De los testimonios se desprende que el sentenciado acudiría con sus tres hijas para convivir con ellas y llevarlas a casa con su nueva pareja, sin embargo al final solo optó por llevar a la más grande, de la que no se estableció la edad por resguardo como víctima.
En su declaración la niña narró que su padre, supervisor de choferes de camiones, la llevó hasta la terminal de los autobuses, donde la introdujo a una pequeña bodega del sitio; la menor dijo que se sentó en una silla a un lado de la mesa y se puso a ver su celular.
Sin embargo, lo que recuerda después es haber despertado y estar en el piso con una sábana encima, sin pantalones y sin ropa interior.
Se indicó también que recuerda haber visto a su padre desnudo y solo con zapatos, haciendo una llamada a su pareja que en ese momento le pedía leche para un bebé de ambos y este se negaba a ir a comprarla.
Cuando finalmente accedió, dijo que entró al sitio, fue hasta donde estaba la víctima y le dijo que no fuera a contar lo que ocurrió, menos a su pareja, porque esta se enojaría.
Aunque la menor se fue con su padre y convivió con la nueva pareja e hijo de su progenitor, días después le contó a su madre lo que su papá le hizo, procediendo a realizar la denuncia con la que inició el proceso penal correspondiente.
El hombre fue condenado el año pasado a 18 años de cárcel por un juez de Pacho Viejo, así como al pago de una multa de mil salarios mínimos como reparación de daño, por resultar penalmente responsable del delito de pederastia agravada.
Sin embargo, el hombre recurrió la sentencia pidiendo su revocación, teniendo por admitido el recurso; al respecto, los magistrados de la Primera Sala del TSJ determinaron que la sanción de 18 años era excesiva, por los cual la redujeron a 13 años.
Asimismo, también modificaron la cantidad establecida como reparación del daño a la víctima, pasando de mil a 200 salarios mínimos vigentes en el momento que tuvieron lugar los hechos. Se dejó intacta la sentencia de pérdida de la patria potestad sobre su víctima.
Los magistrados también “obligaron” al sentenciado a costear las terapias psicológicas de la víctima, que deberán ser cinco con un costo de 600 pesos cada una.
El cambio en la sentencia se debe a que las sanciones impuestas por el juez, fueron estimadas por los magistrados como “elevadas y violatorias del artículo 84 del Código Penal, incongruentes con el grado de culpabilidad ligeramente superior al mínimo y no equidistante entre la mínima y la media más cercana a la primera”.
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