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No se le cierran las puertas a Nahle para ir por gubernatura de Veracruz

Tendría que cumplir requisito de residencia efectiva de 5 años en Veracruz

Veracruz | 2023-01-31 | Fabián González
No se le cierran las puertas a Nahle para ir por gubernatura de Veracruz
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Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la modificación a la Constitución de Veracruz que buscaba reconocer como veracruzanos a quienes hubieran tenido hijos en la entidad, sí mantiene válido que las personas con una residencia de cinco años sean consideradas, y por ende tenga posibilidades a un cargo de elección.

De tal modo, que las puertas no están cerradas para nadie, tampoco para la secretaria de Energía, Rocío Nahle, si cumpliera con lo que marca la ley.

El Artículo 116 establece:

  • Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, aclaró que no hay conflicto entre los artículos 43 y 11 de la Constitución Política de Veracruz porque coinciden en que para ser veracruzano es necesario tener una residencia efectiva, en este caso, en Veracruz

"Así que una persona que tenga una residencia efectiva de 5 años, para efectos del Articulo 43 va a cumplir los dos requisitos, tanto ser veracruzano como una residencia de cinco años". "Aquí no hay conflicto para los requisitos de ser gobernador o gobernadora, porque está previsto en el artículo 43".

Lo invalidado por la SCJN es en relación a la porción "son veracruzanos las y los mexicanos nacidos fuera del territorio estatal que tengan hijos veracruzanos" de la fracción III del Artículo 11 de la Constitución Política.

Además, el Articulo 43 de la Constitución veracruzana señala en su fracción II que, "para ser gobernador del estado, además de ser veracruzano contar con residencia efectiva de 5 años anteriores".

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