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Habría vacío legal si la SCJN declara inconstitucional ultrajes a la autoridad: CGJ

Xalapa | 2022-02-27 |
Habría vacío legal si la SCJN declara inconstitucional ultrajes a la autoridad: CGJ
Diario del IstmoDiario del Istmo

A horas de que el Congreso sesione y atienda la solicitud de derogación de las fracciones II y IV del artículo 331 del Código Penal de Veracruz pero dejando la continuación del delito de ultrajes a la autoridad, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez envío una misiva a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para expresarle su preocupación por la solicitud de declarar inconstitucionalidad la ley.

De esta manera les expresa que "de declararse inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad, se creará un vacío legal ante hechos y conductas que en la realidad suceden, que no se podrá sancionar con otros delitos ya que los bienes jurídicos que protegen son distintos en consecuencia, podría suceder un incremento en las agresiones a quienes ejercen funciones de seguridad pública.

Segundo, las personas que están en prisión por haber cometido este ilícito quedarán en libertad; por lo que esté hecho causará un precedente jurídico y obligatorio a nivel nacional, toda vez que esté tipo penal y el bien jurídico que tutela, se encuentran presentes en la legislación penal de la mayoría de los estados que integran la federación.

Recalcó que los elementos policiales han sido aliados en la reducción de delitos de alto impacto en Veracruz y el artículo 331 sirve como marco para proteger su integridad en el desarrollo de sus funciones.

Puntualiza a los ministros que el artículo en cuestión es claro en su redacción _se impondrá 6 meses a 2 años de prisión a quien agreda o amenace a un servidor público al momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas_. En ningún momento se hace referencia al verbo ultrajar.

En la exposición, el Gobernador se refiere a lo ya compartido a los medios en su pasada conferencia cuando mencionó que no había problemas de taxatividad y de inconstitucionalidad ya que la actualización del Código Penal se desprende del artículo 19 de la Constitución Política Mexicana.

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