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Confirma sala regional del TEPJF sanciones a Morena y PRD en Veracruz

Morena y PRD impugnaron sanciones impuestas por el INE

Xalapa | 2023-01-20 | Jair García
Confirma sala regional del TEPJF sanciones a Morena y PRD en Veracruz
Redes sociales // Sala regional Xalapa del TEPJF
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Los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron las sanciones que el Instituto Nacional Electoral impuso a los partidos PRD y Morena en el estado de Veracruz por la opacidad en el manejo de sus prerrogativas.

En sesión, este día los magistrados resolvieron los expedientes SX-RAP-3/2023 y RAP2/2022, mediante los cuales dichos partidos intentaron echar abajo la sanción que les fue impuesta argumentando que no era conforme a la ley.

Sin embargo, por unanimidad la Sala Regional determinó que las irregularidades en el gasto del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en el estado de Veracruz estaban bien fundamentadas.

Esto, derivado de la revisión de los subsidios públicos correspondientes al ejercicio 2021 en Veracruz.

¿De qué van las multas?

En el caso del PRD Veracruz, el INE determinó que no reportó operaciones en tiempo real, de traspasar saldos de campaña del pasado proceso electoral local ordinario 2020-2021 y la entrega fuera de tiempo de la nómina, entre otras.

Por tal razón, la Unidad de Fiscalización del INE resolvió aplicar una sanción derivado de emitir 13 faltas de carácter formal, seis faltas de carácter sustancial o de fondo.

La Sala Regional determinó que las sanciones que impuso el INE responden a la fiscalización del ejercicio 2021 y no hubo un cambio de criterio como tal, y que el resolutivo del INE cumple con la garantía de fundamentación y motivación.

En el caso de Morena en Veracruz incurrió en nueve faltas de carácter formal y 10 faltas de carácter sustancial o de fondo, de acuerdo con el citado dictamen del Instituto Nacional Electoral.

El Tribunal desechó los argumentos de Morena y resolvió que el INE sí motivó correctamente las sanciones en contra de este, y calificó de infundados o desestimados al tratarse de "afirmaciones genéricas" y que no controvierten de manera frontal las determinaciones impugnadas.

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