El 30 de diciembre podría determinarse el proceso electoral del municipio de Veracruz, ya que el Partido Acción Nacional, con su candidata Patricia Lobeira Rodríguez, aún puede recurrir a la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral.
En dicha instancia se analizará si los elementos de valoración del Tribunal Electoral de Veracruz son correctos o incorrectos.
El abogado Luis Alberto Martín Capistrán, comentó explicó que hay dos opciones:
Se reconoce el triunfo del PAN en Veracruz y el 1 de enero la candidata electa toma posesión para ser alcaldesa durante cuatro años o la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral decide ratificar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz para dar facultades a la legislatura de nombrar a un Concejo Municipal Ciudadano, que entraría en funciones a administrar el ayuntamiento, atender temas urgentes y salvaguardar la gobernabilidad del municipio.
Este podrá tener una duración máxima de seis meses y durante ese periodo el Organismo Público Local Electoral de Veracruz deberá convocar a elecciones.
Cabe mencionar que Lobeira Rodríguez sigue siendo la candidata electa, pues mientras no cause estado, el recurso de inconformidad está sub júdice.
Es decir, que mientras no haya una resolución firme sobre nulidad de la elección ella se mantiene como candidata electa.
Si llega a emitirse una nueva convocatoria de elecciones podrán participar los mismos candidatos de los partidos políticos que participaron en la contienda de junio, pero Patricia Lobeira no podría ser nuevamente la abanderada del albiazul, por los argumentos vertidos en la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz.
Después del conteo de votos en el municipio de Veracruz los partidos promovieron un recurso ante el Órgano de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral para que se supervisaran los gastos de campaña.
Quien resultó con mayor número de votos en el conteo final fue Patricia Lobeira Rodríguez por lo cual se le fiscalizaron los gastos.
Uno de los principales argumentos fue que los acumulados de gastos entre el excandidato Miguel Ángel Yunes Márquez, a quien sancionaron por el tema del domicilio, y los de Lobeira Rodríguez, quien continuó con la campaña, fue que en la suma de ambos se rebasaba el límite permitido.
El Órgano de Fiscalización del INE estudió los comprobantes presentados por los partidos políticos, recordando que la fiscalización de gastos de campaña abarca varios aspectos.
Por ejemplo, un evento público cuantifica desde el montaje, la tarima, equipo de sonido, transporte, cuánta gente participa, espectaculares, espacios en medios, pagos en redes sociales, entre otros.
Finalmente se determinó que no se rebasó ni el 50 por ciento del tope de campaña.
“Se llega a esta conclusión porque los elementos que aportan Morena no son suficientes para comprobar que se gastó dinero por tales y tales actos. Porque si algún organismo empresarial invita al candidato es el organismo el que absorbe los gastos y si va a una colonia esos gastos si se le atribuyen al candidato. El INE tiene un tabulador para asignar valor a cada evento por ello consideró que no se rebasó el gasto”.
Esta determinación fue informada al Tribunal Electoral de Veracruz, porque tenía en trámite distintos recursos de inconformidad de los partidos políticos.
Aunque el recurso de inconformidad es común al concluir un proceso electoral, también es una herramienta con la que cuentan las instituciones políticas.
El lunes el Tribunal Electoral de Veracruz recibió la información y los tres magistrados que lo conforman analizaron el tomar en cuenta o no dicho informe.
Finalmente definieron tomarlo en cuenta pero considerando que no tiene los elementos suficientes que ellos consideran.
Y es que desde que se entregó la constancia de mayoría a Patricia Lobeira se interpuso el recurso de inconformidad ante el Tribunal Electoral de Veracruz a la espera del informe del Órgano de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
El miércoles se emitió la resolución de dicho recurso de inconformidad y juntaron los recursos que el propio PAN interpuso contra Morena, y en total 9 procedimientos de los distintos partidos.
En la sentencia se señala que hay elementos por los que se considera anular la elección de presidente municipal de Veracruz.
“La sentencia tiene que atender todos los agravios de cada uno de los recursos que los partidos políticos interpusieron. Al final la resolución fue que hay elementos suficientes para poder anular el proceso electoral y se notifica al INE, al Ople y a los partidos políticos”.
Actualmente la afectada, Patricia Lobeira, del Partido Acción Nacional, tiene el derecho de interponer un recurso en contra de la situación.
Lo que sigue es que la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral conozca del recurso que se interpone contra la sentencia para analizar si los elementos de valoración son correctos o incorrectos.
Es decir, analizar si los conceptos de invalidez son operantes.
De ser operantes se declararía nula la elección. De no serlo se validaría y ratificaría el triunfo del PAN en la presidencia municipal de Veracruz.
El plazo para acudir a la Sala Regional del Tribunal Federal Electoral es de cuatro días.
Los procesos legales siguen avanzando porque hubo sanciones y elementos acumulados.
No hay un plazo específico para resolver, el procedimiento es sencillo: se reciben los recursos, se notifican y se emite una nueva sentencia, misma que se espera para antes del 30 de diciembre y que defina el proceso electoral.
Cabe recordar que también hubo inconformidad contra quien fue presidente del OPLE, Roberto Castillo.
Jurídicamente se espera que la Sala Regional en un acto de legalidad reconozca el informe del Órgano de Fiscalización del INE y reconsidere la decisión del Tribunal Electoral de Veracruz para encausarla a analizar el recuento de votos, los conteos finales, Instalacion de casillas y todo aquello que tuvo que ver con la operación electoral y al final dio un resultado en número de votos”.
En caso de conformarse un Concejo Municipal Ciudadano, la Legislatira del Estado será quien seleccione a los integrantes.
Para ello se escucharán propuestas de los diputados del Distrito y de la ciudadanía.
Comúnmente se realiza un Parlamento Abierto para que la sociedad civil organizada o cualquier ciudadano proponga nombres.
Hay precedentes de este caso en Coxquihui donde se hizo un Parlamento Abierto.
Quienes conformen el consejo tendrán facultades muy limitadas.
Es decir, sólo llegarían a mantener la estabilidad laboral, la gobernabilidad del ayuntamiento y la administración de recursos de la recaudación local.
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