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Atento: Este lunes inicia revista de supervivencia del IPE

Xalapa | 2021-02-28 | Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Atento: Este lunes inicia revista de supervivencia del IPE
Diario del IstmoDiario del Istmo

Este lunes inicia el programa de revista de supervivencia del Instituto de Pensiones del Estado (IPE), en el que los derechohabientes podrán cumplir con el requisito incluso de manera virtual.

A través de WhatsApp los pensionados podrán cubrir con el trámite del 1 de marzo al 2 de abril, para lo cual el pensionista deberá agendar su cita vía telefónica llamando a uno de las ocho líneas disponibles, entre las cuales están el 2281 0701 87 así como 2281 4499 55, 2281 7246 04 y 2288 5669 07.

A partir del 5 de abril y hasta el 15 de mayo se harán las videollamadas a través de ocho módulos virtuales en un horario de ocho de la mañana a ocho de la noche.

El IPE detalló que continuarán agendando citas virtuales durante el periodo de videollamadas del 5 de abril al 15 de mayo en las extensiones 1029 y 1118.

A quienes deseen pasar revista de manera presencial pueden hacerlo en oficinas centrales, ya sea para los nuevos pensionistas que deben darse de alta o bien porque se les facilite acudir.

En el caso de que el pensionista sea menor de edad o incapacitado, que requiere de tutor o representante legal, ambos deberán acreditar la revista de supervivencia.

Hay una tercera posibilidad y esta consiste en la presentación de una constancia médica notarial o consular para quienes tengan alguna enfermedad que les impida acudir; en este caso deberá enviar al Instituto por correo postal o paquetería, según sea el caso, el original del certificado médico expedido por alguno de los servicios de salud públicos como el IMSS, ISSSTE, SSA, DIF, Pemex, Insabi o Semar-Sedena.

En caso de que se encuentre en otra entidad federativa deberá entregar constancia de fe de hechos o información testimonial expedida por notario público.

Si el pensionista se encuentra en el extranjero deberá entregar una constancia expedida por consulado o embajada de los Estados Unidos Mexicanos en el país de residencia. La fecha de expedición de los documentos deberá estar dentro del periodo de revista de supervivencia y deberán ser emitidos en hoja membretada, con sello oficial y firma autógrafa del responsable o autoridad de la dependencia.

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