Tu Voz En Libertad
Cobertura Rumbo a Elecciones 2024
Cobertura Corredor Interoceanico
Economia y Negocios

Condusef emite alerta sobre este tipo de compras con tarjetas de crédito

Las tarjetas de crédito nos ofrecen diversos beneficios, sea cual sea el banco de tu preferencia

Ciudad de México | 2024-05-21 | Imagen del Golfo Compartir FacebookCompartir TwitterCompartir WhatsappCompartir Telegram
Condusef emite alerta sobre este tipo de compras con tarjetas de crédito
Diario del IstmoDiario del Istmo

Las tarjetas de crédito nos ofrecen diversos beneficios, sea cual sea el banco de tu preferencia, sin embargo, es importante emplear estos plásticos con responsabilidad, pues también nos pueden traer inconvenientes relacionados con las finanzas personales.

Es por esto que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) dio una advertencia para los usuarios de tarjetas de crédito de BBVA, Banco Azteca, Banorte y Santander.

Según lo publicado en la revista "Proteja su dinero" de la Condusef, los usuarios de estas tarjetas deben tener cuidado con las cláusulas de estas tarjetas- En específico, se indicó que los siguientes siete puntos son requisitos "abusivos" de parte de los bancos mencionados:

  • Que establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósitos sin indicar el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el que se realizará.
  • El establecimiento de una autorización irrevocable para cargar parcialidades del crédito en cualquier cuenta de nómina a nombre del usuario.
  • Que se establezca que el acreditado debe avisar al banco por la realización de un pago anticipado total o parcial del crédito.
  • Los pagos anticipados se aplican a discreción de la institución financiera.
  • Restricción o limitación de la disposición de saldos existentes en las cuentas de depósito que el acreditado tenga con la institución financiera.
  • La acreditación del pago con cheque sería hasta el momento en el que la institución bancaria dé por cumplido el pago.
  • Se establece como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al banco.
  • Lo último
  • Lo más leído
Diario del Istmo
Imagen de Veracruz
Imagen del golfo

SÍGUENOS EN REDES

 

Nosotros | Publicidad | Suscripciones | Contacto | Aviso de Privacidad

 

Reservados todos los derechos 2024

×