Es común que en los días de conmemoración del día de los santos difuntos o día de muertos, familias enteras visitan los panteones, también es posible que las lápidas se entren dañadas o destrozadas, en nuestro ordenamiento penal se persigue una hipótesis para proteger ese bien jurídico, a continuación lo señaló.
COMENTARIO JURIDICO:
En nuestro Código Penal del Estado de Veracruz nos habla de delitos en materia de INHUMACIONES Y EXHUMACIONES, así como contra el respeto a los muertos.
VIOLACIÓN DE LAS LEYES SOBRE INHUMACIONES Y EXHUMACIONES
Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien, ilegalmente:
I. Sepulte o mande sepultar un cadáver o un feto o parte de
ellos;
II. Exhume un cadáver o un feto o parte de ellos; o
III. Sustraiga o esparza las cenizas de un cadáver o restos
humanos.
CONTRA EL RESPETO A LOS MUERTOS
Se impondrán prisión de uno a cinco años y multa hasta de cuarenta días de salario a quien:
I. Viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro;
II. Profane un cadáver o restos humanos, con actos de
vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia; o
III. Viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos
humanos o sus cenizas.
Si bien es cierto que los panteones algunos son particulares y otros pertenecen al municipio, se tendrá que acudir, al ministerio publico a presentar alguna denuncia, en caso que tuvieran alguno de los supuestos antes mencionados.
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