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Por Jorge Yunis Manzanares
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Jorge Yunis Manzanares

Sin patear el pesebre

2024-03-06 | 07:25 a.m.
Sin patear el pesebre
Diario del IstmoDiario del Istmo

La Sala Superior el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó una sentencia histórica para la población privada de su libertad.

En el país se encuentra 379 centros penitenciarios: 278 estatales, 71 municipales, 17 federales y 13 del Gobierno de la Ciudad de México.

Dicha sala determinó por mayoría de votos, que las personas en prisión sin sentencia condenatoria tienen derecho a votar porque se encuentran amparadas bajo la presunción de inocencia.

La sentencia del TEPJF ordena al INE la implementación de una prueba, a fin de garantizar el derecho a votar de las personas en prisión preventiva en las elecciones de 2024. En plenitud de atribuciones, la autoridad electoral deberá establecer cómo, cuándo y dónde se ejercerá el derecho al voto en estos casos.

Dos experiencias del INE pueden ser relevantes para definir el modelo de voto para personas privadas de su libertad sin condena: el voto postal que emiten los mexicanos residentes en el extranjero desde las elecciones presidenciales de 2006 y la prueba piloto de casillas especiales para el voto de personas hospitalizadas, familiares o personas a su cuidado y personal de guardia desarrollada en 2018.

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