Veracruz | 2021-08-05 | Laura Morales
A sus 70 años, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Yolanda Cecilia Castañeda Palmeros, busca seguir cobrando un millonario sueldo.
Incluso se amparó para seguir cobrando cientos de miles en el TSJE.
El 28 de julio pasado solicitó que se abriera el expediente 612/2021 ante el Juzgado Primero de Distrito del Estado de Veracruz.
En el documento se indica lo siguiente como actos reclamados específicos:
Inminente acto de remoción y/o destitución de su cargo como Magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Veracruz, por retiro forzoso previsto por el artículo 59, de la Constitución Política del Estado de Veracruz, vigente a partir del veintisiete de diciembre de 2017.
La inaplicación del artículo Tercero Transitorio del Decreto 606, de 26 de diciembre de 2017, que aprobó la iniciativa del Artículo 59.
La aplicación retroactiva del Decreto 606, de 26 de diciembre de 2017, que aprobó la iniciativa del citado artículo 59.
Ofreció pruebas para ampararse y el documento se clasificó como privado.
Tendrá una audiencia constitucional el 11 de agosto a las 10 de la mañana.
Previamente sostendrá una audiencia incidental el 6 de agosto a las 9 de la mañana.
Ley de Amparo
En el expediente se indica también que con apoyo en el Artículo 119 de la Ley de Amparo, se presentan pruebas documentales de la parte quejosa, así como la presuncional en su doble aspecto legal y humana y la instrumental de actuaciones.
Respecto a la prueba de inspección ocular que solicitó la parte quejosa se expuso que se realice en las páginas de YouTube, toda vez que la misma tiene la finalidad de que se acredita que la promovente recibió el Premio Nacional al Mérito Judicial, por parte del Poder Judicial de la Federación, lo cual no es Litis constitucional en el presente asunto, no ha lugar acordad de conformidad.
Sobre la parte incidental se indicó que deberá tramitarse acorde con lo dispuesto por los artículos 125, 128 y 138 de la Ley de Amparo.
Ademas se niega la suspensión provisional de los actos reclamados, pues si bien es cierto reclama la inminente remoción y/o destitución del cargo de magistrada, por retiro forzoso, con motivo de la edad de 70 años, previsto en el artículo 59, fracción II , de la Constitución Política del Estado, en vigor a partir del 27 de diciembre de 2017, también lo es que de concederse la medida cautelar, se afectaría el interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, al permitir que la función jurisdiccional del Estado la ejerza quien legalmente se encuentra impedido para ello.
Salarios altos
Cabe recordar que en 2012, la magistrada se pronunció a favor de que se incrementara el salario a los juristas del estado, al homologarlos con el tabulador federal.
Desde ese entonces opinó que los sueldos del Poder Judicial del Estado deberían ser altos como los federales ya que son los magistrados locales el primer contacto con los solicitantes de impartición de justicia.