Xalapa | 2021-03-31 | Jesús Ruíz
Los diputados locales aprobaron reformas a la Ley Ganadera de Veracruz para establecer Puntos de Verificación Estatales del ganado que ingresa y se moviliza por el territorio, ello para detectar el abigeato y proceder en contra de quienes cometan este delito.
Por lo que la vigilancia permanente corresponderá al personal autorizado por la Dirección General de Ganadería de la Secretaría de Agropecuario, Rural y Pesca (Sedarpa), quien deberá verificar que los animales cuenten con la documentación que acredite su propiedad y que no se encuentren infectados.
Cabe recordar que el dictamen de la Comisión Permanente de Desarrollo Agropecuario, Rural y Forestal, proviene de la iniciativa que presentó el pasado 19 de noviembre, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez ante el pleno del Congreso del Estado.
Los cambios a la normativa, avalados por unanimidad de votos, ordenan a quien pretenda movilizar ganado a contar con la documentación correspondiente para evitar la propagación de posibles enfermedades a las especies pecuarias de Veracruz.
Con las modificaciones se estipulan las formas y procedimientos para adquirir, trasmitir, acreditar y proteger la propiedad del ganado; asi como la movilización del mismo, de productos y subproductos pecuarios dentro del territorio del Estado.
Por lo que ahora se inmovilizará el ganado, sus productos y subproductos que transporte una persona que no cuente con la autorización correspondiente o cuente con una que se encuentre alterada, a quien además se le sancionará en términos de la propia Ley Ganadera.
Las reformas también sancionan a quien use marcas no registradas y proceda a herrar al ganado con plancha llana alambre, gancho, argolla o ferro corrido, así como la amputación de las orejas en que se corte más de la mitad.
Además, se establecieron multas de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), a los conductores de vehículos de carga, pasajeros, turismo o privado que transporten mercancías reguladas en materia de sanidad y por la Ley, que no se detengan en las zonas de inspección ganadera.
Y sanciones de 90 a 200 UMAs a quien no cuente con el certificado zoosanitario del cargamento en cuestión.
Los cambios a la Ley de Ganadería de Veracruz, avalados en la sesión extraordinaria de este miércoles, prohíben estrictamente transitar con ganado en la noche sin autorización expresa y por escrito del Inspector Local o de la autoridad municipal.
Son exenta de ello al ganado que haya participado o vaya a participar en alguna competencia o deporte, o cuando la ruta de origen y destino lo justifique por la distancia que se recorrerá: siempre y cuando lo demuestre fehacientemente con la documentación correspondiente.
Adicionalmente, se impondrán sanciones de 50 hasta 200 UMAs a quien haga parecer como nacido en el Estado al ganado proveniente de otra Entidad y a quien comercialice leche para consumo humano que esté adulterada, sucia o contaminada.
Quien expida documentación de tránsito de animales, cuya propiedad zoosanitaria no esté debidamente acreditada, será acreedor a una infracción de 90 hasta 200 UMAS y para quien introduzca ganado al rastro por una persona distinta a la que aparece en la guía de tránsito, la infracción va de 100 hasta 200 UMAS.