Ciudad de México | 2024-09-18
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha abordado uno de los temas más controversiales a través de sus medios oficiales: el cobro de comisiones a los usuarios por pagar con tarjeta en establecimientos.
Esta práctica, común en algunas tiendas y comercios en línea, es considerada un cobro indebido que no es obligación del consumidor pagar.
Los consumidores no deben pagar comisiones adicionales por el uso de su tarjeta de crédito o débito al momento de realizar una compra.
Si algún negocio realiza este tipo de cargo, se le puede imponer una sanción económica significativa de hasta $3,776,174.62.
La Procuraduría califica el cobro de comisiones por pagos con tarjeta como una práctica abusiva.
De acuerdo con la LFPC, los proveedores no pueden aplicar métodos comerciales coercitivos, desleales, ni imponer cláusulas o condiciones abusivas en la prestación de productos o servicios.
Estas prácticas son sancionables conforme al artículo 128 de la LFPC, que estipula multas severas para los infractores.
Conciliaexprés:
Este es un mecanismo rápido y eficiente que no requiere que el consumidor acuda a una oficina de la Profeco ni inicie un procedimiento formal de queja. A través de Conciliaexprés, se busca resolver el problema de manera expedita.
Queja formal:
Si el proveedor no participa en Conciliaexprés o no se logra una solución, los consumidores pueden presentar una queja formal.
Esto se puede hacer de manera electrónica ingresando a la página oficial de Concilianet, donde también se puede verificar qué proveedores han celebrado convenios con la Profeco para resolver disputas de manera amistosa.
La Profeco continúa comprometida con la defensa de los derechos de los consumidores y la promoción de prácticas comerciales justas.