Persecución contra Alexis y Raúl en Coatzacoalcos: ¿SSP debía accionar armas?

Imagen del Golfo consultó Protocolo de Actuación Policial para el Uso de la Fuerza Pública y armas

Coatzacoalcos | 2023-08-10

La madrugada de este miércoles sucedió un hecho completamente lamentable que consternó a la ciudad de Coatzacoalcos, pues el joven Alexis Mérida de tan solo 23 años fue presuntamente asesinado a balazos por elementos de la Policía Estatal (SSP), luego de que estos últimos pretendían realizar una revisión preventiva sobre la avenida Universidad. Alexis, quien se encontraba acompañado con un amigo suyo, Raúl, emprendieron la huida por motivos que se desconocen, lo que desencadenó una persecución.

Durante el asedio los efectivos de la SSP efectuaron disparos contra el vehículo, hiriendo gravemente a Mérida, por lo que, Raúl, quien conducía el auto y no recibió ningún impacto, llegó hasta la colonia Benito Juárez Norte, donde de acuerdo a testigos, fue golpeado y arrestado, mientras que Alexis, quien viajaba como copiloto, falleció horas después a causa de sus heridas en la clínica 36 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La reacción de la población porteña no se hizo esperar, pues criticaron las acciones de las autoridades, ya que consideraron que no debieron haber detonado sus armas contra los muchachos, además de que hay serias denuncias contra la Policía Estatal de parte de los padres de Raúl Solís, quienes señalan amenazas y tortura para inculpar a su hijo.

¿Los policías actuaron de acuerdo al protocolo?

En este caso abundaremos en el Protocolo de Actuación Policial para el Uso de la Fuerza Pública del estado de Veracruz, el cual tiene como propósito dar cumplimiento a lo dispuesto en las directrices sobre el uso de la Fuerza Pública por parte de los efectivos de las corporaciones policiales de toda la entidad.

Dichos protocolos están apegados la Ley Número 553 del Sistema Estatal de Seguridad Publica para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, CAPITULO II “Del Uso de la Fuerza Pública” artículos 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48 (vigentes acorde al Transitorio Sexto de la Ley 310 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave).

Sobre el uso de la fuerza letal, el protocolo es muy claro:

En el extenso documento, muy específico y que puedes consultar tu mismo aquí, en el capítulo IV, sobre el Protocolo de Actuación menciona lo siguiente: 

Sabiendo esto, surgen más dudas ¿Por qué dispararon entonces?, ¿Cuál fue el argumento de los oficiales para hacer uso de sus armas?, ¿Les advirtieron con antelación que abrirían fuego?.

Cabe destacar que, al cierre de la edición no hay ninguna declaración oficial de parte de las autoridades para esclarecer la situación.

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