Sefiplan cobrará multas y sanciones que aplique el OPLE
La Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefilpan) y el Organismo Público Local Electoral (OPLE) firmaron un convenio, para que la primera pueda realizar el cobro de multas y sanciones a los partidos políticos, personas o empresas derivado de algún procedimiento en materia electoral.
La facultad de notificar sobre la sanción corresponderá al OPLE, así como la determinación de la sanción que dicha instancia aplique o que el Tribunal Estatal Electoral ordene aplicar.
Una vez hecho eso, entonces corresponderá a la Sefiplan a través de la Subsecretaría de Ingresos realizar la ejecución de la sanción buscando a la instancia multada o sancionada para que realice el pago correspondiente.
Los titulares de la Sefiplan y del OPLE, José Luis Lima Franco y Alejandro Bonilla Bonilla, respectivamente, indicaron que dicho convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración y coordinación entre para transparentar y eficientar el destino de los recursos descontados a los partidos políticos y organizaciones políticas por las multas impuestas por las autoridades electorales federales y locales, en cumplimiento a Leyes en materia electoral, mismas que establecen que el importe de las sanciones deberá destinarse a fortalecer el presupuesto de los organismos estatales encargados de la promoción, fomento y desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación, cuando sean impuestas por autoridades locales.
De igual forma, para que la Sefiplan ejerza facultades económico-coactivas a través del procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para el cobro de multas firmes y exigibles impuestas por “EL INE” en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 458, párrafos 7 y 8 de Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y los Lineamientos para el Registro, Seguimiento y Ejecución del Cobro de Sanciones Impuestas por el Instituto Nacional Electoral y Autoridades Jurisdiccionales Electorales del Ámbito Federal y Local; así como para el Registro y seguimiento del Reintegro o Retención de los Remanentes No Ejercidos del Financiamiento Público para Gastos de Campaña.