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En Veracruz, hasta 15 años de cárcel por ‘cobro de piso’

En Veracruz, hasta 15 años de cárcel por ‘cobro de piso’

El Congreso local aprobó la tipificación del delito de “cobro de piso” en el Código Penal del Estado, por lo que quien incurra en este ilícito podría ser condenado a hasta 15 años de prisión.

En sesión extraordinaria, celebrada la noche de este jueves, el pleno legislativo avaló la iniciativa que presentó el gobernador Cuitláhuac García Jiménez el pasado 11 de febrero, por lo que este tipo penal se cambió del delito de extorsión del Título VII, Capítulo VIll al Título lII Delitos contra la Libertad.

De esta manera, se aplicarán penas de cinco a diez años de prisión y multa de hasta 500 unidades de medida de actualización (UMA), a quien por cualquier medio obliguen otro a dar, hacer o dejar de hacer algo contra sus propios bienes o los de un tercero, para procurarse a sí mismo o a otro un lucro indebido.

Adicionalmente, se determinó imponer de 10 a 15 años de cárcel y multa de 200 a 400 veces el valor de la UMA, a quien cometa el delito de extorsión en su modalidad contra la comunidad comercial y del trabajo, quien intente u obtenga beneficio o lucro, o exigir su asentamiento para cualquier fin, para sí o para alguien más, utilice la violencia física o amenace con poner en riesgo.

Cabe recordar que en su planteamiento de reformar al Código Penal, el titular del Ejecutivo señalaba que este ilícito afecta a locatarios comerciales, personas dedicadas a sus oficios, comerciantes independientes, formales e informales, empresarios desde micro hasta macro y profesionistas en todo tipo de actividad económica.

En la substanciación reconocida que sigue incrementándose en todo el país y en especial, en el Estado de Veracruz, causando afectaciones de diversas índoles hacia el afectado, su libertad, la de su familia, su patrimonio, y su economía, y provocando algunos casos, hasta originando daños psicológicos.

Desde su concepción, el cobro de derecho de piso implica un acto de limitar la libertad de una persona al arrebatar, separar, usurpar u obligarla a hacer o dejar de hacer algo, es decir, el uso de la violencia, que se consuma con la entrega de dinero o un bien.

Asimismo, los diputados veracruzanos incrementaron las penas del delito de ultrajes a la autoridad, pasando de seis meses a dos años de prisión a cinco a ocho años de prisión y multa de cien a 200 UMA a quien lo cometa.

García Jiménez había mencionado en la propuesta que a través del tiempo esta conducta se juzgó como un ilícito de bajo impacto, cuyas consecuencias afectan únicamente la esfera de derechos del servidor público lacerado.

Para él, la tipificación de este ilícito protege al servidor público, pero vinculado con el ejercicio sus atribuciones, por lo que a su parecer las penas debían ser firmes y acordes al escenario que impera en el Estado.

Por otro lado, se aprobaron penas de seis a 15 años de prisión y multas de 200 a 400 UMA, a quien incurra en los delitos de “halconeo' y espionaje" o utilice instrumentos punzo cortantes o aquellos materiales resistentes que puedan dañar vehículos destinados a la seguridad pública.

Además se aumentó la pena hasta en una mitad de la que corresponda por el delito cometido, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad, o cuando el responsable sea un servidor público o haya tenido ese carácter en los cinco años anteriores.

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