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Dictan auto de no vinculación a proceso a Arturo Mariscal, excomisionado del IVAI

Dictan auto de no vinculación a proceso a Arturo Mariscal, excomisionado del IVAI

Un juez de control dictó auto de no vinculación a proceso a favor de Arturo Mariscal Rodríguez, excomisionado del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), por el delito de coalición, al no encontrar elementos que probaran que tuvo participación en el tipo penal del que era sujeto desde 2021.

La determinación, que fue dictada en audiencia celebrada en Pacho Viejo el pasado 6 de enero, fue en cumplimiento a un amparo federal que ganó el excomisionado que renunció a su cargo tras la detención de Yolli ‘N’, expresidenta del mismo organismo.

La sentencia a la que se le dio cumplimiento fue confirmada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito el pasado 20 de diciembre de 2021 y en ella confirma estar de acuerdo con lo que previamente había acordado por el titular del Juzgado Segundo de Distrito en el juicio de amparo indirecto 267/2021, que ya había establecido los lineamientos para el dictado de un nuevo auto.

En dicho amparo confirmado, el Juzgado federal señala que el juez de control dictó el 9 de marzo de 2021 un auto de vinculación a Mariscal, aunque este carecía de fundamentación, motivación, congruencia y exhaustividad necesarias, transgrediendo los derechos humanos del excomisionado.

Cabe recordar que al exservidor público se le acusó en su momento de haber votado a favor de una propuesta realizada por la entonces comisionada presidenta para ocupar un puesto en el órgano interno de control sin que esa atribución le correspondiera a dicha servidora pública, pues solo competía al titular de la contraloría interna, de acuerdo con el numeral 115 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Veracruz.

De acuerdo con el Tribunal, aunque esa fue la imputación que hizo el Ministerio Público, en su resolución de vinculación, el juez de control adujo que se acreditó que Mariscal, al llevar a cabo sesión extraordinaria, sin estar facultado, realizó un nombramiento de dos servidores públicos, lo cual es distinto a lo que expuso la Fiscalía, por lo que este “quedó en estado de indefensión, al vincularlo por hechos de los que no obtuvo oportunidad de defensa”.

Además, se indicó que el juez responsable no especificó de forma individualizada con qué datos de prueba se acreditaban cada uno de los elementos del tipo penal que se reprochaba al excomisionado.

“Soslayó fundar y motivar el valor individual que a cada dato de prueba le correspondía, así como especificar si todos los datos de prueba tenían relación con los hechos atribuidos al imputado, con base únicamente a lo expuesto por el fiscal o, en su caso, cuáles datos de prueba no guardaban relación con los hechos”, señala la sentencia.

Además, la justicia federal encontró que si bien la Fiscalía General basó su proceso contra Mariscal en el escrito de denuncia de Alfonso Velázquez Trejo, titular del Órgano Interno de Control del IVAI, en ningún momento señaló el contenido de dicha denuncia, esto es, qué hechos en concreto se atribuyeron al imputado y cómo participó en ellos.

Por si fuera poco, el juez de control al escuchar el testimonio de Velázquez Trejo, no analizó ni valoró de manera fundada y motivada, en su integridad, el citado testimonio “para señalar si existía veracidad o contradicción” en su declaración.

Por cuanto hace al testimonio de Mariscal, el juez ni siquiera le dio validez alguna al momento de dictar el auto de vinculación, máxime que este y su defensa presentaron datos de prueba que controvirtieron uno a uno los argumentos de la Fiscalía, sin que fueran tomados en cuenta.

Finalmente, en la sentencia se señala que el juez no dictó el auto de forma oral, sino que se basó en un escrito al que solo dio lectura, violentando la esencia del nuevo sistema penal.

Por todo lo anterior, el Tribunal confirmó la sentencia que ya había otorgado el juez federal y mandató a dejar sin efecto el auto de vinculación del 9 de marzo, dictar uno nuevo y que todas las irregularidades fueran subsanadas.

En audiencia de cumplimiento de sentencia, que tuvo lugar el pasado 6 de enero, finalmente el juez de control se desistió de vincularlo nuevamente y al no poder subsanar todos los yerros de la Fiscalía y los suyos propios, dictó la no vinculación.

Lo anterior solo hace efecto en el delito de coalición, sin que hasta el momento se sepa de alguna otra imputación contra Mariscal o los otros comisionados con los que podría seguirlos sujetando a proceso.